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¿Es obligatorio el gallego para trabajar como médico en Galicia?

Aquellos que no puedan acreditar el Celga 4 o documento equivalente sí tendrán que hacer una prueba de su nivel de gallego

La falta de médicos en Galicia, especialmente en la especialidad de medicina de familia, es un problema recurrente. Aunque dicha carencia existe en el territorio gallego, lo cierto es que se trata de una problemática extendida a casi todo el país.

El pasado año, 63 plazas del MIR quedaron sin cubrir en esta especialidad, algo que preocupó al Gobierno gallego que tomó medidas para solucionar esta y otras necesidades dentro del mundo de la medicina.

En octubre del 2024, la Xunta hizo una modificación para que el Servicio gallego de Salud (Sergas) pudiese contratar profesionales sanitarios diplomados como, por ejemplo, enfermeros sin necesidad de que tuviesen la nacionalidad española.

Y es que tener la nacionalidad española o de un país de la Unión Europea, con carácter general, es una de las condiciones para obtener una plaza como empleado público, de acuerdo con la normativa estatal.

Sin embargo, en los últimos años, lugares como Baleares o Cataluña han acusado un problema mayor: la exigencia de lenguas cooficiales para poder trabajar como profesional sanitario.

El gallego, un 'plus'

Desde la Consejería de Sanidad, apuntan que en el Servicio Gallego de Salud, el conocimiento de la lengua gallega para el acceso al empleo público fijo de personal facultativo (y del resto de personal estatutario) se vincula a la realización de un examen obligatorio pero no eliminatorio en las pruebas de acceso.

Es decir, los aspirantes sí deben examinarse y probar su conocimiento de la lengua cooficial y, por lo tanto, dejar constancia de ello en su prueba de acceso.

Sin embargo, tal y como destacan a preguntas de El Debate, el conocimiento del gallego constituye un mérito (no un requisito para trabajar) en los baremos de selección temporal del personal facultativo y resto del personal.

Estos baremos son los siguientes: Como regla general en los procesos selectivos por el sistema de concurso-oposición del Servicio Gallego de Salud, la puntuación total máxima es de 100 puntos. De ellos, la fase de concurso de méritos se valora con un máximo de 40 puntos y la fase previa de oposición con un máximo de 60.

Es en la fase de oposición en la que se incluye la puntuación sobre el conocimiento de la lengua gallega con la posibilidad de obtener un máximo de 5 puntos sobre esta fase valorada con 60.

En el caso de los aspirantes que acreditan estar en posesión del certificado oficial del nivel requerido Celga 4 o documento equivalente, estará exentas de la realización del examen del ejercicio correspondiente y se les asignará de forma automática estos 5 puntos.

Las personas que no acrediten poseer el certificado o equivalente debidamente homologado deberán realizar un ejercicio en la fase de oposición que se puntúa de 0 a 5 en función del número de aciertos

Por lo tanto, los aspirantes que puedan acreditar previamente el nivel de conocimiento de gallego exigido, sí están exentas de realizar esta prueba. Los que no tendrán que hacer una prueba en la que como máximo, se puntuará con 5 puntos sobre los 100 máximos del proceso total.

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