Audiencia Provincial de Ourense

EUROPA PRESS
08/3/2022

Audiencia Provincial de OrenseEUROPA PRESS

La Justicia gallega anula la absolución del acusado de apropiarse del patrimonio de una octogenaria en Orense

El TSXG ha ordenado la repetición del juicio exclusivamente por un presunto delito de estafa agravada

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha anulado la sentencia absolutoria dictada por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Orense contra un vecino acusado de apropiarse del patrimonio de una mujer de 83 años a la que cuidaba, y ha ordenado la repetición del juicio exclusivamente por un presunto delito de estafa agravada.

La decisión del alto tribunal gallego estima el recurso interpuesto por la hija de la fallecida, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, al considerar que la Audiencia no valoró de manera completa y adecuada la prueba relativa a la capacidad de la anciana para consentir los actos patrimoniales que realizó poco antes de su muerte.

Cedió su vivienda a cambio de alimentos

No obstante, el TSXG mantiene firmes las absoluciones por los delitos de extorsión, coacciones y detención ilegal, de modo que el nuevo juicio quedará limitado únicamente a la imputación por estafa agravada.

Los hechos se remontan al año 2019, cuando la mujer, de 83 años, otorgó testamento a favor del acusado y le cedió su vivienda a cambio de alimentos. Además, vendió una plaza de garaje tras trasladarse a vivir con él, quien asumió las funciones de cuidador.

La octogenaria falleció semanas después a consecuencia de un ictus hemorrágico, tras haber sido ingresada en la planta de psiquiatría del Complejo Hospitalario Universitario de Orense.

En su resolución, la Sala de lo Civil y Penal del TSXG subraya que, aunque en un procedimiento previo se había considerado que la mujer conservaba su capacidad para tomar decisiones, la prueba médica y pericial practicada durante el juicio apunta a una situación de deterioro cognitivo y de especial vulnerabilidad. Estas circunstancias, según los magistrados, podrían haber afectado de forma relevante a la validez del consentimiento prestado en los actos de disposición patrimonial.

El tribunal aprecia así una posible vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación, al entender que la sentencia absolutoria no ponderó correctamente los indicios existentes sobre la concurrencia de un 'engaño bastante', elemento esencial para la comisión de un delito de estafa.

Con esta decisión, el alto tribunal gallego devuelve el caso a la Audiencia Provincial de Orense, que deberá celebrar un nuevo juicio centrado únicamente en determinar si existió o no un delito de estafa agravada en el contexto de la relación de cuidado y confianza entre el acusado y la anciana fallecida.

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