Esta es la fecha exacta en la que Galicia prohíbe las bebidas energéticas a los menores

Esta es la fecha exacta en la que Galicia prohíbe las bebidas energéticas a los menoresXunta de Galicia

Esta es la fecha en la que Galicia prohíbe a los menores comprar y consumir bebidas energéticas

Es la primera comunidad en España en prohibirlas con el fin de frenar un hábito cada vez más extendido entre niños y adolescentes

Galicia vuelve a colocarse en la vanguardia de la salud pública en España. La comunidad autónoma será la primera del país en prohibir de forma expresa el consumo, la compra y la posesión de bebidas energéticas por parte de menores de edad, una decisión sin precedentes que busca frenar un hábito cada vez más extendido entre niños y adolescentes.

La medida forma parte de la Ley de protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas, publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG), y supone equiparar estos productos al alcohol en cuanto a restricciones legales.

Cuándo entra en vigor la prohibición

La ley establece un plazo de dos meses desde su publicación oficial. Esto significa que a partir del 7 de marzo, ningún menor de 18 años podrá adquirir, consumir, transportar ni tener en su poder bebidas energéticas en Galicia.

La imagen habitual de adolescentes con latas de este tipo de bebidas en la calle, en parques o a la salida de los centros educativos quedará, por tanto, fuera de la legalidad a partir de esa fecha.

La normativa define de forma precisa qué productos quedan afectados por la prohibición. Se consideran bebidas energéticas aquellas que contienen 32 miligramos o más de cafeína por cada 100 mililitros, además de otros ingredientes estimulantes.

El texto legal recoge las advertencias de distintas instituciones médicas, que desaconsejan el consumo de bebidas energéticas en etapas tempranas de la vida. Entre los principales efectos adversos se incluyen alteraciones del sueño, problemas cardiovasculares y trastornos psicológicos y de conducta.

Además, el consumo de estas bebidas mezcladas con alcohol, una práctica habitual entre la juventud, incrementa de forma significativa los riesgos para la salud.

Régimen sancionador severo

Los establecimientos que comercializan bebidas energéticas deberán ubicarlas en espacios claramente diferenciados de los refrescos y exigir documentación que acredite la mayoría de edad del comprador, salvo que esta sea evidente. No se admitirán autorizaciones de padres o tutores para permitir la compra a menores.

La ley contempla un régimen sancionador severo. Comprar una bebida energética para un menor o vendérsela de forma directa será considerado una infracción grave. Las multas oscilan desde los 200 euros en casos leves hasta 600.000 euros en las infracciones más graves, siendo responsables los propietarios de los establecimientos.

Con esta norma, la Xunta apuesta por una estrategia integral basada en la prevención, la promoción de la salud y la protección de la infancia, convirtiendo a Galicia en referente estatal en la regulación de productos emergentes con impacto directo en la salud de los menores.

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas