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El Ayuntamiento de Córdoba salda con India Martínez una deuda de hace seis años

Las facturas se tramitaron como un contrato menor en vez de en un procedimiento negociado sin publicidad

La puntualidad en el pago no es una virtud que atesoren las instituciones públicas. Muchas empresas saben bien de los retrasos en ver abonadas sus facturas que, finalmente, acaban siendo satisfechas. El índice conocido como Periodo Medio de Pago (PMP) a proveedores toma el pulso a los ayuntamientos, que cuentan con un plazo de 30 días, ampliable a 60, a partir del cual está obligado a pagar intereses de demora.

El Ayuntamiento de Córdoba no se caracteriza, precisamente, por pagar las facturas antes de los 30 días, un índice que hace meses que no ha sobrepasado. Pero cuando una factura tiene problemas y se enquista es cuando el plazo se alarga hasta lo extraordinario, y ahí está el caso de Riomundi, aquel festival de música y otras cosas del que se han estado pagando facturas hasta hace poco.

Ahora le ha tocado el turno a la cantante cordobesa India Martínez, o más concretamente a Sony Music Entertainment España SL, que es la firma que gestiona sus derechos. La deuda se remonta a 2019, cuando el Ayuntamiento de Córdoba por dos conceptos distintos. Por una parte, el patrocinio de un vídeoclip de la canción 'La gitana', y de otra la presentación del disco 'Palmeras'.

El escollo

Ambas facturas encallaron en la maquinaria burocrática del Ayuntamiento. El pago, tramitado como contrato menor, estaba comprometido por el Instituto Municipal de Turismo (Imtur) y el secretario de este organismo informó el abono desfavorablemente al entender que entre la presentación del disco y el vídeoclip de uno de sus temas «existe un vínculo operativo, constituyendo una unidad funcional». Además, entendía que «debía de haberse tramitado como un solo contrato, en su caso a través del procedimiento negociado sin publicidad, que a diferencia del contrato menor es objeto de una fiscalización previa».

A partir de ahí se inició el tedioso trámite de declaración de la nulidad de la factura y del reconocimiento extrajudicial de crédito. Esto no significa que el proveedor se quede sin cobrar, sino que se le descuenta el seis por ciento del beneficio industrial.

De este modo, Sony Music Entertainment España SL recibirá ahora, al cabo de seis años, 80.500 euros por el vídeoclip de 'La gitana' y 17.192 euros por la presentación del disco 'Palmeras'.

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