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El cardenal arzobispo de Madrid y vicepresidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), José Cobo

El cardenal arzobispo de Madrid y vicepresidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), José Cobo

«Ningún evangelizador es el dueño absoluto de su acción evangelizadora»: las medidas de Cobo para evitar desviaciones

El arzobispado de Madrid publica un extenso documento con el fin de que cualquier «nueva realidad eclesial, método o evento» requiera de su aprobación

Quien desee evangelizar en las parroquias de Madrid deberá presentar un proyecto al arzobispado, contar con su aprobación, permanecer dos años ad experimentum y esperar, «si procede, la aprobación definitiva». Así lo establece la carta pastoral Somos vidas en camino, que acaba de publicar el arzobispado de Madrid y que lleva la rúbrica del cardenal José Cobo. El procedimiento no se limita a las iniciativas futuras, sino que se incluyen también aquellas que ya están desarrollándose sin autorización escrita del prelado: «La nueva realidad eclesial, método o evento que quiera introducirse o llevarse a cabo en el territorio de la archidiócesis (o que estando ya en desarrollo no cuente con la autorización escrita del ordinario), presentará un proyecto».

La carta llega poco después de algunos excesos y denuncias surgidas en el seno de grupos católicos que han operado en la archidiócesis, como es el caso de las Hermanas del Amor Misericordioso (HAM), que se resolvió con su disolución.

Procedimiento establecido por el arzobispado

  1. Presentación de un proyecto: Deben detallarse los objetivos, las actividades, el calendario previsto y las relaciones con los distintos niveles diocesanos.
  2. Solicitud dirigida al arzobispo: El arzobispo, a través del vicario territorial, inicia un proceso de discernimiento con una comisión ad hoc.
  3. Valoración positiva y periodo experimental: Si la valoración es favorable, la iniciativa podrá desarrollarse ad experimentum, con acompañamiento diocesano, durante al menos dos años.
  4. Evaluación posterior: Transcurrido ese periodo, la comisión vuelve a estudiar la solicitud y presenta sus conclusiones al arzobispo.
  5. Aprobación definitiva: Corresponde al ordinario conceder, si procede, la aprobación definitiva.

El cardenal Cobo comienza la carta reconociendo la vitalidad de la Iglesia de Madrid y la aportación de las nuevas realidades eclesiales, los movimientos y los métodos de evangelización, que «son un don del Espíritu Santo que piden la palabra» y «un soplo de aire fresco para la Iglesia». Pero, junto a esto, «el reto que se nos presenta no es otro que discernir su autenticidad y asumir cordialmente lo carismático, armonizándolo con otras mediaciones institucionales». A su juicio, «carisma e institución no representan dos momentos necesariamente contrapuestos, como si el primero perteneciera a la libertad del Espíritu y el segundo apareciera posteriormente para limitarla u ordenarla desde fuera», y por eso señala que «ningún evangelizador es el dueño absoluto de su acción evangelizadora, con un poder discrecional para cumplirla con los criterios y perspectivas individualistas, sino en comunión con la Iglesia y sus Pastores».

Citando el Concilio Vaticano II, el arzobispo de Madrid recuerda que «el juicio de su autenticidad y su ejercicio razonable pertenece a quienes tienen la autoridad en la Iglesia», y agrega que a los pastores les corresponde «no sofocar el Espíritu, sino probarlo todo y retener lo que es bueno». «No se trata de controlar, sino de caminar al lado de los movimientos, comunidades, métodos y nuevas realidades eclesiales», aclara la carta.

Los criterios para reconocer la autenticidad de los carismas

La carta establece ocho grandes criterios de discernimiento, que deben orientar la valoración de los movimientos y las nuevas iniciativas.

1. Frutos espirituales. Deben producir caridad, alegría, paz, oración, participación litúrgica y sacramental y vocaciones.

2. Espíritu misionero. Deben contribuir a la difusión del Evangelio y a la misión común de la Iglesia.

3. Fidelidad doctrinal. Deben transmitir íntegramente la fe de la Iglesia.

4. Comunión eclesial. Deben mostrar colaboración efectiva con el obispo y el presbiterio.

5. Novedad auténtica. Se debe valorar si constituyen una iniciativa original o si proceden de una ruptura con otra realidad eclesial.

6. Humildad y docilidad. Deben aceptar las indicaciones y correcciones de la autoridad durante el discernimiento.

7. Dimensión social. Deben preocuparse por la justicia, la solidaridad y la dignidad de las personas.

8. Complementariedad. Deben evitar la competitividad y las estructuras paralelas.
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