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Hospital Universitario Central de Asturias, en Oviedo

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El TEDH avala que un juez obligara el ingreso de una parturienta testigo de Jehová en contra de su voluntad

El Tribunal considera que prima más la seguridad vital de la madre y el bebé dado que era un parto de riesgo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha avalado que un juez de Asturias obligase al ingreso hospitalario de una mujer, testigo de Jehová, para dar a luz dado a pesar de que el deseo de la madre era dar a luz en su domicilio.

Durante una revisión médica en abril de 2019, el Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) consideró que la madre, de nacionalidad francesa pero residente en Asturias, debía de ingresar dado que presentaba un parto de riesgo, a lo que ella se negó.

Por este motivo, el hospital solicitó obligación judicial de ingreso y el equipo médico que acudió al domicilio de la parturienta avaló el ingreso por el riesgo que existía tanto para la madre como para el propio bebé. Según los tribunales, el hecho de que la madre tuviera que dar a luz mediante una cesárea «evidencia el riesgo vital que existía». El bebé nació en perfecto estado el 26 de abril de 2019.

Pero la madre acudió a los tribunales al considerar que habían violado su derecho a la intimidad y su libertad para dar a luz en su casa. Sin embargo, los diferentes tribunales fueron dando la razón al juez que obligó al ingreso.

Tras pasar por todos los estamentos judiciales españoles, como es requerido antes de llevar el caso al tribunal de Estrasburgo, el TEDH ha dictaminado que no se incumplió ningún derecho de la madre.

El TEDH coincide con el análisis del Constitucional de que los motivos utilizados para esa hospitalización de oficio eran «pertinentes y suficientes» para justificar la injerencia en la privacidad de C.P., que hubiera querido dar a luz en su casa con la ayuda de una matrona, algo que autoriza la normativa española.

El TEDH insiste en que el dictamen del juez de guardia tenía como objetivo «preservar la vida y la salud del hijo por nacer» y en ese contexto era «apropiado» haberla instado a que fuera al hospital «para garantizar un parto sin peligro» porque además «no había ninguna medida menos restrictiva».

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