La ministra de Igualdad, Ana Redondo, y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez
La nueva ley del Gobierno para proteger a los menores arrincona a los hombres: «Se basa en conjeturas»
La polémica de la ley de violencia vicaria recae en que la misma aplicará únicamente a lo hombres, ya que la violencia vicaria ejercida por la madre no está estipulada en la norma
El pasado 14 de julio, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria, a propuesta de los ministerios de Igualdad, de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; y de Juventud e Infancia.
Según el Ejecutivo central, la finalidad de este proyecto de ley es en primer lugar visibilizar, reconocer, prevenir, sancionar y erradicar la violencia vicaria y para ello se modifican hasta diez normas y tiene como objetivos la definición jurídica de la violencia vicaria y el establecimiento de la la violencia vicaria como una circunstancia agravante por razón de género.
La polémica de esta ley recae en que la misma aplicará únicamente a los hombres, ya que la violencia vicaria ejercida por la madre no está estipulada en la norma. Elena Ramallo, doctora en Derecho, ha explicado en declaraciones a El Debate que «como jurista y como feminista que creo en la igualdad real, estoy en contra de las leyes construidas con sesgos políticos o ideológicos porque terminan siendo injustas y perjudiciales».
Asimismo, afirma que «cuando una ley parte de quién debe ser considerado víctima o agresor en función de su sexo, corre el riesgo de desviar el verdadero bien jurídico que debe protegerse. En la violencia vicaria, el centro debe ser el menor: su protección, su seguridad y su interés superior, con independencia de cuál de los progenitores ejerza la violencia», sentencia.
Según esta jurista hay una clara «falta de neutralidad respecto al autor» del delito. A su juicio, la ley configura la violencia vicaria desde una perspectiva de género, en lugar de partir de la conducta concreta de cada progenitor. «El menor queda en segundo plano: debería ser el sujeto central de protección, con independencia de si es instrumentalizado contra la madre o contra el padre», argumenta.
Por otro lado, insiste en que hay un riesgo de sesgo, por lo que «la respuesta judicial debe basarse en hechos, prueba e individualización, no en una construcción previa determinada por el sexo del progenitor».
Tal y como valoraron recientemente a este periódico fuentes jurídicas especializadas en violencia de género, «la ley parte de la premisa incorrecta de que un maltratador nunca puede ser un buen padre», ya que a ojos de la ley se trata de delitos completamente diferentes y separados y que esta afirmación «se basa en conjeturas; la realidad es completamente diferente».
Para estas mismas fuentes, la aprobación de la ley de violencia vicaria supone también lacrar una vez más la presunción de inocencia del hombre y el principio de igualdad: «No tiene sentido que esta ley aplique solo a los hombres. Se les está asumiendo como maltratadores por el mero hecho de ser hombres. Es una desigualdad completa que se les quite su presunción de inocencia», concluye.