Los 6 derechos que jubilados y pensionistas posiblemente no conocían
Existen una serie de obligaciones y derechos que son importantes para la condición de jubilado
Derechos
- Percibir mensualmente la cuantía de la pensión en la modalidad de pago elegida. La persona podrá recibir catorce pagas anuales correspondientes a cada mes del año y dos extraordinarias en junio y noviembre.
- Recibir asistencia sanitaria, tanto usted como sus beneficiarios. Incluye las prestaciones médicas y las farmacéuticas, salvo los medicamentos que por ley tienen que abonar los propios pacientes.
- Percibir prestaciones familiares, si tiene a su cargo hijos menores de 18 años, mayores afectados por una discapacidad en un grado igual o superior al 65%, o menores acogidos, en acogimiento familiar permanente o preadoptivo.
- Disfrutar de los servicios complementarios de la Seguridad Social.
- Solicitar y obtener toda la información que necesite en relación con su condición de pensionista.
- Pedir certificados relacionados con su condición de pensionista: certificado con el importe de su pensión, sobre las retenciones practicadas a efectos de IRPF, etc
Obligaciones
- Su principal obligación como pensionista es comunicar al Instituto Nacional de la Seguridad Social, las variaciones que afecten a la situación que usted tenía cuando se le reconoció la pensión. Esta comunicación debe hacerse dentro de los treinta días siguientes a que se produzcan.
- En todo caso, hay que notificar los cambios de domicilio, el inicio de actividades laborales, el reconocimiento y/o cobro de otras pensiones, nacionales o extranjeras, los cambios de estado civil, los nacimientos, las defunciones…
- Además, si percibe complemento a mínimos con cónyuge a cargo, debe poner en conocimiento del INSS el cambio de estado civil, el inicio de actividades laborales de su cónyuge, los reconocimientos y cobros de otras pensiones nacionales o extranjeras por parte de su cónyuge, y los incrementos del nivel de rentas, tanto suyos como los de su cónyuge, que sean incompatibles con el cobro de complementos por mínimos.