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28 de marzo de 2024

La edad de jubilación subirá paulatinamente hasta 2027

La edad de jubilación subirá paulatinamente hasta 2027Pixabay

Fe de vida

El documento que tienen que presentar los jubilados para seguir cobrando la pensión este mes

Para recibir la pensión correspondiente, los jubilados tienen que cumplir con una serie de obligaciones y procedimientos

En España se reparten 10,01 millones de pensiones entre 9,07 millones de personas, siendo las de jubilación, aquellas que se conceden a los individuos que se retiran del mercado laboral y que cumplen con una serie de requisitos, las más numerosas de todas ellas.
Este 2023 pueden solicitar esta pensión de jubilación aquellas personas que hayan cumplido los 66 años y cuatro medes de edad o los 65 si han cotizado al menos 37 años y 9 meses. No obstante, algunos, además tendrán que presentar un documento para poder percibir la cantidad que les corresponde este mes de marzo.

Fe de vida: quiénes tienen que presentarlo

Se trata de un documento que la Seguridad Social obliga a los pensionistas a entregar cada cierto tiempo para acreditar que siguen vivos y, así, poder seguir cobrando la pensión. Es lo que se conoce como 'Fe de vida'.
Este año, antes del 31 de marzo, tendrán que presentar una fe de vida en sus bancos los jubilados que residan fuera de España para no perder los cobros. Los que residen en el país tendrán que presentarla con la frecuencia exigida por su entidad bancaria, la cual se fija dependiendo de la edad del titular.
Como se recoge en el Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social, «las entidades financieras pagadoras comunicarán a la correspondiente entidad gestora, al menos una vez al año, la supervivencia de los titulares de aquellas pensiones y demás prestaciones periódicas que vengan satisfaciendo mediante abono en cuenta».

Cómo obtener la Fe de vida

Aquellos que necesiten presentar su Fe de vida tendrán que solicitarla en el Registro Civil, en los juzgados de Instrucción o de Paz de su localidad. Para ello, tendrán que presentar el DNI. En el caso de que la persona esté incapacitada para acudir, podrá presentarse otra persona en su nombre con una fotocopia del DNI del pensionista, su DNI y un certificado médico.

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