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27 de abril de 2024

Por primera vez se reconocerá la capacidad de poder utilizar los fondos de los planes estatales de vivienda a ofrecer alternativas habitacionales

Tras estar catorce meses atascada, la negociación de esta ley se desbloqueó el pasado viernesEuropa Press

Ley de vivienda: ¿cuándo se aprobará y entrará en vigor?

Tras catorce meses, la negociación de esta ley se desbloqueó el pasado viernes con un acuerdo político

El Congreso ha conseguido fijar un calendario con el objetivo de aprobar el texto de la nueva ley de vivienda el próximo jueves 20 de abril en la Comisión de Transportes y, posteriormente, en el pleno del día 27 de abril. Todo ello es posible gracias al acuerdo que ha realizado el Gobierno de coalición con Bildu y ERC este pasado martes. El último paso será su aprobación en el Senado, con la idea de que esté en vigor antes de las elecciones autonómicas y municipales que tendrán lugar el próximo 28 de mayo.
Tal y como ha explicado el portavoz del grupo socialista, Patxi López, el principal objetivo es que en la Cámara Alta se aceleren los trabajos para que se apruebe en el primer pleno de mayo. Este calendario es posible gracias a que la ponencia de la Ley sobre el Derecho a la Vivienda ha sido aprobada.
Tras estar catorce meses atascada, la negociación de esta ley se desbloqueó el pasado viernes con el acuerdo político entre el PSOE, UP, ERC y Bildu. Asimismo, todo parece indicar que se aprobará en menos de 10 días. Esto incluye que la subida de todos los alquileres de vivienda en la renovación anual de los contratos se limitará al 3% en 2024.

Algunas de sus novedades

Respecto a lo mencionado anteriormente, el INE definirá un nuevo índice de precios de referencia antes del 31 de diciembre de 2024, unas cantidades que no superará el IPC y se aplicarán a los grandes tenedores en las zonas que se declaren tensionadas.
Las comunidades autónomas podrán declarar un área tensionada si la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler, más los gastos y suministros básicos, supera el 30% de la renta media de los hogares. También, se podrá aplicar si el precio de compra o el alquiler de la vivienda ha aumentado al menos tres puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores.
Por otro lado, se prevé que la primera vez que los pequeños propietarios saquen su vivienda al mercado de arrendamiento tendrán que aplicar el índice de precios, mientras que en los nuevos contratos de inmuebles ya alquilados con anterioridad, no se podrá superar el precio del contrato anterior.
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