Avisar del fallecimiento de alguien sin testamento ni herederos puede dar derecho al 10 % de la herencia
Estas son las personas que cobran una herencia cuando no hay testamento
A pesar de que en estos casos existen diferentes tipos de herederos, existe un orden que se encarga de establecer ciertas prioridades
En el momento en el que fallece una persona, puede ocurrir que sea sin haber dejado un testamento. Asimismo, si se da esta situación, hay que proceder de una forma un tanto diferente respecto a otros fallecimientos de personas, ya que lo más habitual es que se deje registrado ese testamento en el Registro de Actos de Última Voluntad.
En estos casos nos encontramos ante una sucesión intestada, regulada en el artículo 912 y sucesivos del Código Civil, que se refiere al momento en el que el fallecido no deja testamento o deja uno no válido y también cuando el testamento existe pero no incluye herederos. En esta sucesión, se debe atender a dos tipos de herederos: los forzosos y los legítimos.
Los primeros son los que reciben la herencia con independencia de que exista testamento o no y los legítimos son los que determina el Estado en el caso de que no exista ningún testamento. Cuando hay una herencia sin testamento, hay herederos forzosos, ya que como su propio nombre indica son obligatorios por la ley.
¿Cómo quedan divididos los dos tipos de herederos?
¿Cuál es el orden de los herederos?
Una vez establecidos los diferentes tipos de herederos, únicamente queda saber cómo heredarán en esas herencias sin testamento. De acuerdo con la información del despacho Simarro Abogados, es el siguiente: