Fundado en 1910
Pasajeros embarcando en un vuelo de Ryanair

Pasajeros embarcando en un vuelo de Ryanair.Getty Images

Huelga de Ryanair durante el puente de agosto: cómo reclamar si mi vuelo se ve afectado

Continuará todos los miércoles, viernes, sábados y domingos hasta el 31 de diciembre de 2025

Este puente de agosto tendrá lugar la huelga de Ryanair promovida por los sindicatos mayoritarios de la empresa Azul Handling, que presta servicios de asistencia en tierra a las aerolíneas del grupo Ryanair en los aeropuertos españoles.

La huelga afectará a todas las bases y centros de trabajo de la empresa en España y se desarrollará de 5.00 a 9.00 horas, de 12.00 a 15.00 horas y de 21.00 a 23.59 horas. Además, tras los tres primeros días (15, 16 y 17 de agosto) continuará todos los miércoles, viernes, sábados y domingos hasta el 31 de diciembre de 2025.

Aún no se conocen los servicios mínimos. Para ello, ambas partes tendrán que reunirse y en caso de desacuerdo serán establecidos por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Los motivos alegados son la falta de creación de empleo estable, así como las sanciones a trabajadores que se niegan a hacer horas no obligatorias, con castigos de hasta 36 días sin empleo ni sueldo. y el abuso de horas complementarias que se imponen a los trabajadores y la contratación «fraudulenta», que impide consolidar antigüedad y mantiene en la precariedad a una gran parte de la plantilla.

Desde Facua- Consumidores en Acción recuerdan que todos los pasajeros afectados por esta huelga tienen derecho a compensaciones de hasta 600 euros y a la devolución del importe del billete y de los gastos que hayan tenido que asumir si su vuelo resulta cancelado.

Conforme al artículo 7 del Reglamento Europeo 261/2004 las compañías podrían reducir estas compensaciones en un 50 % en el caso de que ofrezca un transporte alternativo al pasajero con una diferencia de hora de llegada con respecto a la del vuelo inicial «que no sea superior a dos horas, para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos», «que no sea superior a tres horas, para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros» o «que no sea superior a cuatro horas» para el resto de vuelos.

En cualquier caso, FACUA también señala que los afectados por las posibles cancelaciones siempre tendrán derecho al reembolso integro del billete «en siete días», o a un transporte alternativo hasta el destino final, según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento 261/2004.

Además, los usuarios también podrán reclamar cualquier otro tipo de daños, con independencia de su naturaleza, que hayan podido sufrir como consecuencia de la cancelación: hoteles, viajes organizados, vuelos de conexión, etc., e incluso daños morales por haber perdido sus vacaciones o parte de ellas, entre otros posibles supuestos.

Si la cancelación ocurriese próxima al horario de salida del vuelo, la asociación recuerda que el artículo 9 de la normativa europea obliga a las aerolíneas a ofrecer a los pasajeros afectados «comida y refrescos suficientes», alojamiento en un hotel si fuera necesario y traslado desde el aeropuerto hasta dicho hotel.

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas