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Consumo

Hacienda confirma que en 2026 se limitarán a 1.000 euros los pagos en efectivo en supermercados y comercios

La medida busca garantizar la trazabilidad del dinero y dificultar la economía sumergida en transacciones cotidianas

La Agencia Tributaria ha ratificado que durante el ejercicio 2026 se mantendrá vigente el tope de 1.000 euros para los pagos en efectivo en aquellas operaciones donde intervenga una parte profesional o empresarial. Dicha confirmación despeja las dudas surgidas tras el nuevo reglamento europeo contra el blanqueo de capitales, el cual prepara un umbral de 10.000 euros para el conjunto de la Unión Europea de cara a 2027.

A pesar de la normativa comunitaria, España ha optado por aplicar una restricción mucho más severa, permitida por la propia legislación europea cuando los Estados miembros deciden imponer medidas más estrictas para el control del fraude fiscal.

La limitación implica que cualquier compra en supermercados, tiendas, talleres o contratación de servicios cuyo importe total iguale o supere la citada cantidad deberá abonarse obligatoriamente a través de medios digitales, como tarjeta bancaria o transferencia.

Es importante entender que la prohibición afecta a la operación completa, por lo que no es posible fraccionar el pago entregando 900 euros en mano y el resto por vía electrónica si el precio final del producto rebasa el límite legal. La medida busca garantizar la trazabilidad del dinero y dificultar la economía sumergida en transacciones cotidianas.

Excepciones para particulares y extranjeros

Existen, no obstante, matices importantes dependiendo de los actores involucrados. Cuando la transacción se produce exclusivamente entre particulares, como la venta de un vehículo de segunda mano o muebles entre vecinos, el techo de efectivo asciende hasta los 2.500 euros.

Asimismo, la normativa contempla una excepción específica para las personas físicas que no tengan su domicilio fiscal en España, principalmente turistas, quienes podrán realizar pagos en metálico de hasta 10.000 euros, equiparándose así al estándar europeo para no desincentivar el consumo durante sus visitas.

Sanciones

El incumplimiento de tales restricciones conlleva consecuencias económicas severas. La sanción administrativa establecida asciende al 25 % del valor abonado indebidamente en efectivo. Hacienda considera responsables de la infracción tanto al pagador como al receptor del dinero, quienes responderán de forma solidaria ante la multa.

Sin embargo, la ley incluye un mecanismo de exención. Si una de las partes denuncia la operación ante la Agencia Tributaria dentro de los tres meses siguientes al pago, quedará liberada de la responsabilidad sancionadora, incentivando así la colaboración ciudadana en la detección de irregularidades.