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La situación resulta mucho más favorable si la baja deriva de contingencias profesionalesGetty images / www.industrieblick.net

Empleo

El paro se reducirá a quienes sean despedidos mientras están de baja laboral

El tiempo que transcurra tras la extinción del contrato se restará de la duración del desempleo si la causa es una enfermedad común o un accidente no laboral

El despido de un empleado durante una situación de incapacidad temporal activa una cuenta atrás inmediata en la prestación contributiva por desempleo. La Seguridad Social establece que los derechos acumulados empiezan a consumirse desde el momento del cese, aunque el afectado no haya recibido el alta todavía.

En este sentido, aunque la normativa distingue claramente entre las diferentes causas de la enfermedad para aplicar o no el descuento de días sobre la duración total de la ayuda, el artículo 283 de la Ley General de la Seguridad Social fija las reglas del juego.

El tiempo que transcurra tras la extinción del contrato se restará de la duración del desempleo si la causa es una enfermedad común o un accidente no laboral. En cambio, la situación resulta mucho más favorable si la baja deriva de contingencias profesionales. El sistema no descontará ni un solo día del paro acumulado si el motivo médico tiene su origen directo en el desempeño del trabajo.

La entidad gestora abonará una cuantía económica idéntica a la prestación por desempleo durante el periodo intermedio hasta la recuperación del paciente —el cálculo depende de la base de cotización registrada en los últimos 180 días previos al despido—. A su vez, a pesar de que el trabajador percibe el dinero mensualmente, su bolsa de derechos se vaciará poco a poco si la dolencia no guarda relación laboral.

El aval del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo considera legal el descuento y argumenta que el mecanismo evita duplicar las ayudas o alargar la protección artificialmente. El objetivo consiste en ajustar el tiempo de cobertura a las contribuciones reales generadas por el individuo. Un ejemplo sencillo aclara el funcionamiento de la norma.

Si una persona tiene derecho a 12 meses de prestación y permanece dos meses de baja tras el despido, solo podrá cobrar diez meses de desempleo al recibir el alta médica, ya que el periodo de enfermedad computa como tiempo consumido.