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Oficina de Airbnb.

Oficina de Airbnb.Jens Kalaene/dpa-Zentralbild/dpa

Airbnb recurrirá la multa de 64 millones impuesta por Consumo, al considerarla «contraria» al marco legal

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha denegado la solicitud de medidas cautelares que realizó la plataforma para paralizar la sanción

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado la solicitud de medidas cautelares que realizó Airbnb para paralizar la sanción de 64 millones de euros que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 le impuso en diciembre de 2025 por infracciones en la publicación de anuncios de alojamientos turísticos.

Airbnb ha anunciado que presentará recurso de reposición ante la multa de 64 millones de euros que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 le impuso en diciembre de 2025 por infracciones en la publicación de anuncios turísticos, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) haya denegado la solicitud de medidas cautelares que realizó la compañía para paralizar la sanción.

En un comunicado, la plataforma online considera que esta multa es «contraria al marco legal español y europeo», señalando que la decisión judicial es «puramente procedimental» y no entra sobre el fondo del caso, que «sigue su curso».

Además, a juicio de Airbnb, ha cumplido «en todo momento» con la normativa aplicable en España, al mismo tiempo que ha defendido que, desde la entrada en vigor de la nueva normativa sobre los alquileres de corta duración, ha colaborado con las autoridades competentes en su implementación.

En su día, Consumo identificó infracciones en un total de 65.122 anuncios publicados por Airbnb, que fueran retirados de su plataforma en julio de 2025.

En concreto, el Ministerio detectó «prácticas comerciales desleales» de Airbnb con consumidores y usuarios al publicar anuncios de alojamientos turísticos sin licencia, contraviniendo así las obligaciones impuestas en la mayoría de las normativas autonómicas, que exigen indicar el número de registro en la publicidad.

También advirtió Consumo que Airbnb estaba publicando anuncios de alojamientos turísticos que indicaban un número de licencia o registro que no se correspondía con la numeración utilizada por los registros, o que difundía anuncios sin información veraz sobre la naturaleza jurídica de los anfitriones, incurriendo así en una práctica de publicidad engañosa.

Por estos primeros motivos, el Ministerio de Consumo impuso a la plataforma una sanción por infracción grave, con un importe de 63,98 millones de euros, el equivalente a seis veces el beneficio «ilícito» obtenido por Airbnb por estas prácticas durante el tiempo en que permanecieron publicados los anuncios desde el apercibimiento formulado por parte del Ministerio hasta su retirada por la plataforma.

Se identificaron además otras tres infracciones: incumplimiento del régimen u obligaciones de los contratos celebrados a distancia, sancionado con 10.000 euros; obstrucción o negativa a suministrar datos o a facilitar las funciones de información, vigilancia o inspección, sancionado con otros 10.000 euros, e incumplimiento de los deberes y prohibiciones impuestos mediante órdenes o medidas provisionales dictadas por el órgano instructor con el fin de evitar la producción o continuación de riesgos o lesiones para los consumidores y usuarios durante la tramitación del expediente, sancionado con otros 55.000 euros.

Airbnb recurrió el importe global de la sanción a la justicia, lo que suspendió temporalmente la obligación de hacer frente al pago de la multa. Ahora, el auto del TSJM rechaza la solicitud de medidas cautelares por la que la plataforma de alojamientos turísticos pedía la suspensión del pago de la multa hasta que dictara sentencia.

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