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A pesar de esta posibilidad, el especialista recomienda optar por la baja médica «siempre que sea viable»Getty Images/iStockphoto

Empleo

Juanma Lorente, abogado: «No hace falta un parte de baja para faltar a tu trabajo si estás enfermo»

Un justificante médico con recomendación de reposo permite ausentarse hasta tres días sin sanción, aunque sin derecho a salario

La gestión de las ausencias laborales por enfermedad genera dudas frecuentes entre los trabajadores, especialmente cuando no se concede una baja médica. En este contexto, el abogado laboralista Juanma Lorente aclara que existen supuestos en los que «es posible faltar al trabajo sin parte de baja y sin consecuencias disciplinarias».

Según explica, la situación es sencilla y relativamente común. Un trabajador acude al médico por encontrarse enfermo, pero el facultativo no considera necesario tramitar una baja laboral. En su lugar, le entrega un justificante que acredita la visita junto a una recomendación de reposo. Este documento, subraya, «tiene validez a efectos laborales».

Lorente detalla que, con ese justificante médico y la indicación de reposo, el trabajador puede ausentarse de su puesto durante un máximo de tres días sin que la empresa pueda sancionarle ni considerar la falta como injustificada.

«Con este papel, mucho ojo, puedes faltar tres días a tu trabajo sin que te puedan sancionar y sin que pueda ser una falta injustificada y la empresa no te podrá decir nada», afirma. No obstante, introduce una precisión relevante. Durante ese periodo, el trabajador no percibirá salario. «Obviamente, no vas a cobrar estos tres días», añade.

La importancia del convenio colectivo

El abogado recomienda, aun así, «solicitar la baja médica siempre que sea posible». La razón está en las diferencias que pueden establecer los convenios colectivos respecto a la retribución de los primeros días de incapacidad temporal.

En este sentido, plantea un ejemplo claro: «Imagínate que en tu convenio, a diferencia de la norma general, te paga durante los tres primeros días de la baja». En ese caso, explica, tramitar la baja permitiría cobrar desde el inicio, algo que no ocurre si solo se dispone de justificante médico.

Sin despido ni sanción con justificante

Más allá de la cuestión económica, insiste en que la empresa no puede despedir ni sancionar al trabajador por esas ausencias, siempre que estén debidamente justificadas con el documento médico y la recomendación de reposo durante 72 horas.

«Eso no quita que la empresa no pueda ni despedirte ni sancionarte por faltar estos tres días incluso sin el parte de baja», subraya, insistiendo en la importancia de contar con el justificante y la indicación expresa del facultativo.

De este modo, el experto sitúa el justificante médico como una herramienta válida para cubrir ausencias breves por enfermedad, aunque recuerda que la baja laboral sigue siendo la opción más favorable cuando existen mejoras económicas en el convenio.