Imagen de archivo de gente esperando para entrar en una oficina del SEPE.
Ayudas
Ignacio Solsona, abogado: «7 obligaciones que deben cumplir los beneficiarios del subsidio para mayores de 52»
El experto advierte de sanciones que pueden ir desde la suspensión temporal hasta la extinción del subsidio si no se respetan las condiciones establecidas por el SEPE
El subsidio para mayores de 52 años constituye una de las principales herramientas de protección para personas desempleadas en una etapa especialmente compleja para reinsertarse en el mercado laboral. Sin embargo, su mantenimiento está condicionado al cumplimiento de una serie de requisitos y obligaciones que, según explica el abogado Ignacio Solsona, pueden convertirse en «un verdadero campo de minas» si no se conocen en detalle.
En un vídeo difundido en YouTube, el letrado detalla siete obligaciones clave cuyo incumplimiento puede acarrear desde la pérdida temporal de la ayuda hasta su extinción definitiva. «En caso de incumplimiento puede provocarles la pérdida del subsidio desde uno hasta seis meses y en los casos más graves, su extinción», advierte.
Control de rentas y comunicación al SEPE
La primera obligación pasa por informar al SEPE de cualquier variación en los ingresos. El límite se sitúa en el 75 % del salario mínimo interprofesional, que en 2026 equivale a 915,75 euros mensuales.
- Si se supera ese umbral, debe comunicarse de inmediato o, como máximo, en la siguiente declaración anual.
- No hacerlo constituye una infracción que puede derivar en sanciones más graves.
- Superar el límite no implica automáticamente perder el subsidio; en muchos casos conlleva una suspensión temporal.
Situaciones incompatibles con el subsidio
Otra de las obligaciones fundamentales es solicitar la baja cuando se produzcan circunstancias incompatibles. Entre ellas, el abogado destaca:
- El trabajo por cuenta propia, incluso en casos esporádicos o con ingresos reducidos.
- Cualquier actividad que impida cumplir las condiciones del subsidio.
«El trabajo por cuenta propia como autónomo es completamente incompatible con el subsidio», subraya, insistiendo en la necesidad de comunicarlo para evitar infracciones graves.
Salidas al extranjero bajo control
Los beneficiarios deben notificar cualquier desplazamiento fuera de España, independientemente de su duración.
- Menos de 30 días: se mantiene el subsidio.
- Entre 30 y 90 días: se suspende, con posibilidad de reanudación.
- Hasta 12 meses por búsqueda de empleo en el extranjero: se permite mantenerlo en determinadas condiciones.
No comunicar estas salidas puede acarrear sanciones.
Compromiso con la búsqueda activa de empleo
Tres de las obligaciones están vinculadas al llamado acuerdo de actividad, que compromete al beneficiario a mantenerse activo en la búsqueda de trabajo:
- Participar en programas de empleo y formación propuestos por los servicios públicos.
- Aceptar ofertas de empleo adecuadas a su perfil profesional.
- Presentar justificantes de participación en un plazo máximo de cinco días.
Rechazar estas obligaciones sin causa justificada puede suponer la pérdida del subsidio entre tres y seis meses, o incluso su extinción en caso de reincidencia.
Declaración anual de rentas
La séptima obligación, y una de las más relevantes, es la presentación de la declaración anual de rentas.
Este trámite:
- Debe realizarse cada 12 meses desde el alta o la reanudación del subsidio.
- Es independiente de la declaración de la renta ante Hacienda.
- Debe incluir todas las rentas obtenidas, incluso si no superan el límite establecido.
El propio Solsona recomienda detallar todos los ingresos: «no vaya a ser que pensando el beneficiario que no tiene que comunicar unas rentas porque están por debajo del límite, no lo estén».
El abogado insiste en que el subsidio para mayores de 52 años es «un derecho muy importante» porque contribuye a mejorar las condiciones de jubilación de quienes lo perciben. No obstante, recalca que su complejidad exige una atención constante por parte de los beneficiarios.