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Gerard Piqué, exfutbolista del FC.Barcelona, en un partido en el Camp NouAFP7 vía Europa Press

La maniobra con José Elías 'solo' le cuesta 150.000 euros a Piqué de una fortuna de más de 80 millones

La CNMV multó este lunes al exfutbolista con 200.000 euros y al empresario José Elías con 100.000 euros por usar información privilegiada

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) multó este lunes al exfutbolista Gerard Piqué, con 200.000 euros, y al empresario José Elías, con 100.000 euros, por un infracción «muy grave» vinculada al uso y la comunicación de información privilegiada sobre la oferta de Atrys Health para comprar Aspy.

Según una resolución del 22 de abril del organismo supervisor, Piqué obtuvo 104.166 acciones de Aspy Global Services el 20 de enero de 2021, porque conocía de antemano el lanzamiento de esa opa, después de que José Elías –en ese momento presidente y principal accionista de Aspy– le hubiese suministrado información privilegiada.

Esta empresa salió al BME Growth, la Bolsa española para pequeñas empresas, en diciembre de 2020, a 1,96 euros por acción. Un mes después, se conoció que estaba negociando una opa con Atrys Health, y el 26 de enero de 2021 se anunció una oferta por 2,875 euros en efectivo por acción.

La operación bursátil investigada se completó días después con la venta de esos títulos. Por lo que la CNMV vincula la compra previa de las acciones y su posterior transmisión con la información reservada de la que disponía el sancionado en aquel momento.

Con la operación Piqué ganó cerca de unos 50.000 euros. Ahora tiene que pagar una multa de 200.000 euros. Por lo que ha acabado perdiendo 150.000 euros. Una cifra que apenas representa el 0,18 % de su patrimonio, que está valorado en unos 80 millones, según los últimos datos de Celebrity Net Worth.

El caso se enmarca en la normativa que persigue el abuso de mercado y protege la transparencia en las operaciones financieras. La información privilegiada comprende aquellos datos concretos que no han sido hechos públicos y que, de conocerse, podrían tener un efecto relevante sobre el precio de los instrumentos financieros afectados.

La propia CNMV precisa que la resolución sancionadora únicamente ha adquirido firmeza en vía administrativa. Esto significa que las sanciones impuestas pueden todavía ser objeto de revisión ante los tribunales.

De este modo, la decisión del supervisor bursátil cierra la fase administrativa del procedimiento, aunque deja abierta la posibilidad de que los afectados acudan a la vía judicial para impugnar las multas.