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Oficina de la Seguridad Social.

El funcionario aconseja planificar el proceso con antelaciónEuropa Press

Pensiones

El plazo de la Seguridad Social para pedir la pensión de jubilación tras dejar de trabajar

La administración advierte de que el cobro de la prestación no se activa de forma automática tras dejar de trabajar

Cumplir la edad legal de retiro y acumular los años exigidos de cotización no significa que el cobro de la prestación se active de forma automática. Para empezar a recibir la nómina mensual es imprescindible tramitar la solicitud ante la administración.

El funcionario de la Seguridad Social Alfonso Muñoz remarca la importancia de este paso administrativo: «La jubilación debes pedirla en todos los casos» para que la entidad reconozca formalmente el derecho y comiencen los pagos.

La normativa reguladora establece una ventana temporal específica para formalizar la petición. Quienes se encuentren en alta pueden registrar el trámite durante los tres meses anteriores o los tres meses posteriores a la fecha oficial en la que dejan de trabajar.

Si la gestión se realiza dentro de este periodo, los efectos económicos del cobro se retrotraen al día siguiente de la finalización del contrato o cese de actividad.

Alfonso Muñoz explica el funcionamiento con un ejemplo práctico: «Debes realizar la solicitud en el periodo entre los tres meses anteriores o posteriores al cese laboral». Así, una persona que deje su puesto de trabajo el 10 de septiembre dispondrá de un margen comprendido entre el 10 de junio y el 10 de diciembre para realizar la gestión sin sufrir penalizaciones en sus cobros acumulados.

Pérdida definitiva de mensualidades

El riesgo económico aparece cuando el trabajador deja transcurrir más de tres meses desde su cese antes de presentar la documentación. En esa situación, la ley aplica un tope máximo de retroactividad de tres meses contados desde la fecha en que se registra la solicitud.

«Si la solicitud la realizas transcurridos más de tres meses, los efectos económicos tendrán una retroactividad máxima de tres meses desde el momento de la solicitud», enfatiza Muñoz. Cualquier mensualidad generada antes de ese límite de noventa días se pierde de manera irrevocable sin posibilidad de reclamación.

Para evitar errores o demoras en la tramitación, el funcionario aconseja planificar el proceso con antelación: «Cuando creas que está cercana tu edad de jubilación, pide cita presencial o telefónica para saber cuál es exactamente tu edad de jubilación, cuándo puedes solicitarla sin perder activos económicos y qué documentación es necesaria».

La solicitud puede gestionarse presencialmente con cita previa en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o a través de su sede electrónica.

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