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El BCE aconseja tener dinero en efectivo guardado para posibles emergenciasFREEPIK | NICKEL

La Unión Europea limitará los pagos en efectivo a partir de 2027: la cantidad que no podrás pagar en metálico

España tiene un límite más restrictivo, por lo que no afectará a los pagos realizados dentro de nuestro país

En España, la Agencia Tributaria presta mucha atención a los pagos en efectivo. Tal y como establece la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, en nuestro país no pueden realizarse transacciones comerciales de más de 1.000 euros en metálico. Por este motivo, el cambio previsto por la Unión Europea para 2027 no afectará en gran medida a los ciudadanos de nuestro país.

Actualmente, la normativa europea no contempla ningún límite a la hora de realizar pagos en efectivo en sus Estados miembros. Así, como en España, cada nación tiene sus propias reglas. Pero todo cambiará el 10 de julio de 2027.

Límite de los pagos en efectivo en la Unión Europea

Tal y como establece el Reglamento (UE) 2024/1624 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2024, relativo a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, publicado en el DOUE el 19.6.2024, a partir del 10 de julio de 2027 se fijará un límite máximo de 10.000 euros para las transacciones en metálico en cualquier Estado miembro.

De este modo, cualquier compra o venta de bienes y servicios por encima de esta cantidad no podrá realizarse legalmente en billetes, sino que habrá que utilizar otros medios trazables, como pueden ser transferencias bancarias, pagos con tarjeta o cheques nominativos.

Ningún país podrá fijar importes superiores a 10.000 euros, y no se modifican las obligaciones de declarar más de 10.000 euros en efectivo al cruzar fronteras.

Cabe destacar que el límite se aplica principalmente a transacciones comerciales y que no afecta a transferencias entre particulares fuera del ámbito profesional, ni a operaciones en entidades de crédito o proveedoras de servicios de pago, que siguen su legislación nacional.

La normativa también prevé un registro centralizado de titulares de cajas de seguridad, cuentas corrientes y criptomonedas, consultable por las autoridades en investigaciones.