Alquileres
Los seis casos en los que el casero puede subir el alquiler más de un 2% sin incumplir la ley
El Gobierno ha blindado la subida de los alquilares durante todo 2023, por lo que existen límites que los caseros deben respetar
Los casos en los que el alquiler puede subir más de un 2 %
- Alquileres de temporada. Estos arrendamientos, aunque se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), están exentos del límite del 2 % «porque se les considera arrendamientos para uso distinto a la vivienda».
- Alquileres de viviendas suntuarias. Estas viviendas tienen una superficie superior a los 300 metros cuadrados o su renta anual excede 5,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Alquileres de viviendas cuando los inquilinos son personas jurídicas. Se considera que estos alquileres no son de viviendas por lo que no están sujetos a esta limitación.
- Arrendamientos de habitaciones. Según ANA, estos alquileres no se rigen por la LAU, sino por el Código Civil, por lo que estarían exentos de los límites del 2 %.
- Arrendamientos de viviendas turísticas. Estos arrendamientos se rigen por la normativa de cada comunidad autónoma y por el Código Civil, por lo que también están exentos de esta limitación.
- Alquileres renovados por tácita reconducción. Estos arrendamientos también se rigen por el Código Civil, por lo que quedan exentos.