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17 de mayo de 2024

Jose Enrique Abuin alías el Chicle

José Enrique Abuín «el Chicle» durante el juicio por la muerte de Diana Quer en Santiago de CompostelaGTRES

Prisión permanente revisable

Las condenas de prisión permanente revisable superan ya la veintena

Hacemos un repaso por algunos de los casos más mediáticos de condenas de prisión permanente revisable, norma cuya constitucionalidad se ha debatido esta semana en el Tribunal Constitucional

En marzo de 2015 se aprobaba –como parte de la Ley de Seguridad Ciudadana–la prisión permanente revisable en el Congreso de los Diputados, con 181 votos a favor, 138 en contra y dos abstenciones. Fue propuesta por el Partido Popular y contó con el rechazo en bloque de la oposición, que la consideraba una «cadena perpetua encubierta» y la recurrió ante el Tribunal Constitucional. Se introducía así en el Código Penal esta nueva medida para los delitos de extrema gravedad, y el 1 de julio de ese mismo año entraba en vigor.
Se trata de la mayor condena contemplada en nuestro Código Penal, en el artículo 140, y está avalada por el Consejo Fiscal, el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado. Sólo puede imponerse en casos de delitos con circunstancias agravantes, y en los que se dé una serie de supuestos, como pueden ser los asesinatos en los que la víctima sea menor de 16 años o sea una persona especialmente vulnerable, por su edad, enfermedad o discapacidad; los cometidos tras un delito contra la libertad sexual; aquellos en los que el culpable pertenezca a una organización criminal, o cuando se trate de un asesinato múltiple, entre otros. 
Es una norma que está sujeta a revisiones y se ha aplicado a casos que han tenido una gran repercusión mediática, como el asesinato de la joven Diana Quer o el del niño de 8 años, Gabriel Cruz.
La prisión permanente revisable tiene como objetivo impedir que los delincuentes más peligrosos que no han demostrado capacidad de reinserción en la sociedad puedan volver a ella. Por el momento, está recogido que una vez pasados entre 25 y 35 años de condena, el tribunal deberá revisar de oficio si la prisión debe ser mantenida cada dos años.
Tras seis años vigente, esta semana el Tribunal Constitucional deliberaba si esta pena es constitucional o no, por el recurso que en su momento –cuando se aprobó en 2015– presentó la oposición. Finalmente, hoy se ha dado a conocer que el TC avala la constitucionalidad de la prisión permanente revisable

David Oubel, el primer condenado

La primera persona a la que se le impuso la condena de prisión permanente revisable en España fue David Oubel. El 31 de julio de 2015, mató a sus dos hijas menores –Candela y Amaia, de nueve y cuatro años de edad– con una sierra eléctrica y un cuchillo de cocina, después de haberlas drogado. Los hechos se produjeron en la localidad pontevedresa de Moraña. Dos años más tarde, habiendo confesado, la Audiencia de Pontevedra lo condenó a esta pena por asesinato con alevosía. 

El asesino de Pioz

En agosto de 2016, Patrick Nogueira mató y descuartizó a sus tíos y sus dos primos pequeños en la localidad de Pioz, en Guadalajara. En 2018, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, y tras confesarse autor de los cuatro asesinatos, Nogueira fue condenado a prisión permanente revisable, al considerarse que el asesinato se cometió con intencionalidad y alevosía, así como con ensañamiento con los menores. Se trataba del primer caso en el que se establecía esta pena por haber cometido más de dos asesinatos. En mayo de 2020, el Tribunal Supremo elevó de una a tres las penas de prisión. 

El caso Gabriel Cruz

En febrero de 2018, Gabriel Cruz, un niño de 8 años, desaparecía en Almería, movilizándose acto seguido un centenar de personas para encontrarle. Días después, se encontró su cuerpo sin vida en el coche de Ana Julia Quezada, con quien su padre mantenía una relación sentimental. Terminó confesando la autoría del crimen, aunque en el juicio mantuvo que había sido accidental. Así, el 30 de septiembre de 2019, se dictó la sentencia, y Quezada fue condenada a prisión permanente revisable por asesinato con alevosía, siendo la primera mujer a la que se le imponía esta pena desde que se introdujo en el Código Penal. En diciembre de 2020, el Tribunal Supremo confirmó el fallo. 

Mounir Ayad

El 2 de mayo de 2017, Mounir Ayad mató a su pareja y a su hijo de 11 años en AlcobendasMadrid, con 30 y 16 puñaladas respectivamente. Fue condenado el 6 de noviembre de 2019 a prisión permanente revisable por el asesinato del menor, y a otra pena de 25 años de cárcel por el de la mujer, ambos crímenes con el agravante de alevosía. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo en junio de 2021.

El caso Diana Quer

En 2019, la Audiencia Provincial de La Coruña condenó a José Enrique Abuín Gey, alias El Chicle, autor confeso del asesinato de Diana Quer en 2016, a la pena de prisión permanente revisable por el asesinato con alevosía de la joven madrileña para ocultar otro delito previo contra la libertad sexual. Un año más tarde esta sentencia fue ratificada por al Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Finalmente, el 26 de noviembre del pasado año fue el Tribunal Supremo el que confirmaba esta pena, así como otra de 4 años y un día de prisión por detención ilegal y agresión sexual. 

El asesino de Naiara

El pasado año la Audiencia de Huesca condenó a prisión permanente revisable a Iván Pardo Pena, autor del asesinato de su sobrina Naiara, una niña de 8 años – a la que había torturado previamente, produciéndole hasta 56 lesiones en todo el cuerpo– en 2017 en Sabiñánigo, Huesca. Se le impuso esta pena al ser la víctima del asesinato menor de 16 años y haberse producido con alevosía y ensañamiento. Además, se le añadió otra de 2 años por maltrato habitual. 
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