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26 de abril de 2024

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La Gran Vía de Barcelona durante el toque de queda en octubre de 2020EFE

Cataluña

Luz verde del TSJC al toque de queda y limitación de reuniones en Cataluña

El Tribunal toma la decisión contra el criterio de la Fiscalía, que considera que se restringen derechos fundamentales sin motivación

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado el toque de queda entre la una y las seis de la mañana, así como la limitación de reuniones a un máximo de 10 personas. Medidas que entrarán en vigor esta medianoche. También da el visto bueno a reducir el aforo en actos religiosos y ceremonias civiles al 70% y mantener el pasaporte covid en restauración, gimnasios y ocio nocturno. La fiscalía se había opuesto a estas restricciones al considerar que no estaban lo suficientemente justificadas, además de considerar que eran innecesarias.
De esta forma, el toque de queda se aplicará en aquellos municipios con más de 10.000 habitantes que tengan incidencias superiores a los 250 casos por cada 100.000 habitantes. Estamos hablando de unos 126 municipios aproximadamente. Pero esta medianoche también entra en vigor el cierre del ocio nocturno y la reducción de aforo al 50% de la restauración y del 70% en comercios, competiciones federadas, gimnasios y cultura. Restricciones que tienen una vigencia de 14 diías.
El tribunal considera que son medidas «idóneas» para luchar contra la propagación del virus en un entorno, añade el auto, «tan caracterizado por las fechas de Navidad, Fin y Principio de año y Reyes en el que la actitud jovial, aglomeración de personas, asociación a la interacción social, dificultad de mantener la distancia social con mascarilla, etc., puede generar un mayor riesgo de contagio por la relajación de algunas cautelas».
También las considera «necesarias» teniendo en cuenta la incidencia que se mantiene en Cataluña y «muy especialmente con el azote de la nueva variante» que puede suponer «en las mencionadas escenas situaciones de súper propagación». Además el tribunal considera que son «proporcionales», teniendo en cuenta que la salud individual y colectiva y la vida están por encima de la «restricciones de derechos que supone las medidas propuestas».

Contra el criterio de la Fiscalía

La Fiscalía Superior de Cataluña había pedido a la Justicia que rechace la petición del Govern de aplicar el toque de queda nocturno y limitar las reuniones, al considerar que estas «severas» restricciones de derechos fundamentales no son «idóneas» ni «necesarias».
Así lo planteó la Fiscalía en un informe remitido al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), en el que se opone a las restricciones que ha planteado el Govern de la Generalitat para limitar el avance de la sexta ola del coronavirus y que requieren de aval judicial para poderse aplicar.
Según la Fiscalía, el toque de queda nocturno y la limitación de las reuniones a un máximo de diez personas que solicita la Generalitat son unas medidas que no han sido «debidamente motivadas» y que no ve ni «idóneas» ni «necesarias», a la vista del informe presentado por la Generalitat.
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