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16 de abril de 2024

Eugenio Pino, excomisario jubiliado

Eugenio Pino, excomisario jubiliadoEl Debate (copyright)

Tribunal Superior de Justicia

El excomisario Pino acude al TSJM para defender su absolución en el caso del pendrive 'fantasma' de los Pujol

Los abogados del clan catalán entienden que durante la instrucción, y el juicio posterior, quedó probada la comisión de un delito de revelación de secretos por parte del DAO

Madrid, once de la mañana. El ex comisario Eugenio Pino abandona, en compañía de su abogado, la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que hoy le había citado en el marco de la revisión de la sentencia del conocido como caso del pendrive 'fantasma' de los Pujol. Pino ha permanecido apenas una hora en el interior del órgano judicial para ratificarse en su versión de lo ocurrido con el dispositivo de almacenamiento de datos que, en 2012, entregó a los agentes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) con información sobre los Pujol la cual, presuntamente, tenía un origen ilícito.
La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid absolvió al ex DAO - y al inspector jefe Bonifacio Díez Sevillano- de cualquier responsabilidad en los hechos pero , en agosto de 2020, Jordi Pujol Ferrusola, primogénito del clan catalám, recurrió esta decisión al entender que, tanto durante la instrucción de la causa, como en el juicio posterior, había quedado probado un delito de revelación de secretos.
Esta revisión llega, pues, para dar respuesta al recurso de apelación planteado por el abogado de Pujol Ferrusola contra la sentencia del órgano judicial, en la que si bien los propios magistrados reprocharon a Pino su «oscurantismo» , consideraron que de su comportamiento no podía derivarse ningún delito porque el ex DAO actuó al amparo del cumplimiento de su deber de perseguir delitos. Además, la sentencia de la Audiencia de Madrid señalaba que se desconoce quién accedió a la totalidad de la «vida informática» de Jordi Pujol Ferrusola y en qué fecha, cómo y a través de quién le llegó el pendrive a Pino.
Sin embargo, y así las cosas, la AN sí consideró acreditado que en marzo de 2015 el DAO, «aún a sabiendas de que no provenía de una intervención con autorización judicial», decidió entregar el material al jefe de la UDEF, que actuaba como policía judicial en las diligencias abiertas para rastrear el origen del patrimonio de la familia Pujol.
El ex DAO Eugeni Pino, de espaldas, charla con su abogado a la salida del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM)

El ex DAO Eugeni Pino, de espaldas, charla con su abogado a la salida del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM)El Debate (copyright)

Pino ratifica su versión

Pino declaró ante los magistrados de la Audiencia Nacional para asegurar que en el período 2012 ó 2013, en ningún caso en 2015, recibió un 'pendrive' de manos del comisario de Asuntos Internos de la Policía Nacional Marcelino Martín-Blas, que al parecer contenía información sobre la familia Pujol, con la orden asociada de que lo enviara al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y a la Comisaría General de Policía Judicial y de Información.
El exDAO aseguró entonces que nunca vio el contenido del dispositivo porque tenía mucho trabajo y que, por lo tanto, lo derivó directamente, tal y como le habían pedido.

Dos años y medio de prisión

Para Jordi Pujol Ferrusola -primogénito del expresidente de la Generalitat de Cataluña, Jordi Pujol y de Marta Ferrusola- de los hechos probados de la sentencia, así como de algunas de las afirmaciones contenidas en los fundamentos jurídicos de la misma, quedaba demostrado que Eugenio Pino cometió un delito de revelación de secretos porque, aún teniendo conocimiento del «origen delictivo» de la memoria USB, decidió ceder la información a «un tercero», extendiendo, por tanto, la «lesión» a su intimidad.
Por ello, Pujol Jr. solicitaba que se dictase una nueva sentencia contra Pino y que se le condenase a dos años y medio de prisión al entender que no existía un deber de perseguir el delito y de denuncia, tal y como justifica la sentencia la absolución. También pedía que se tuviese en cuenta cómo la información contenida en el dispositivo de almacenamiento de memoria debería haberse destruido ya que, a su juicio, cualquier «prueba ilícitamente obtenida es nula, inaprovechable» y «ni puede ni debe transmitirse, ni cederse a un tercero, sea intramuros o extramuros al cuerpo policial».
«Ni jueces, ni fiscales, ni funcionarios de Policía están habilitados para incumplir la legalidad vigente con lesión de los derechos de los ciudadanos, aunque puedan adornar su conducta con la voluntad de promover el éxito de una investigación», concluía el primogénito de los Pujol.
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