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03 de mayo de 2024

El ministro Marlaska ya anunció en febrero que se suprimiría el requisito de estatura mínima para ingresar en la Policía Nacional

En primer plano, una agente del CNPEuropa Press

Por qué exigir 1,60 de altura a las mujeres para acceder a la Policía es discriminatorio

El Supremo anula el requisito de estatura mínima exigido a las mujeres para ingresar en el cuerpo. A los hombres se les pide 1,65

El Tribunal Supremo ha anulado el requisito de una estatura mínima de 1,60 metros para que las mujeres accedan al Cuerpo de Policía Nacional ya que consideran que es discriminatoria respecto al 1,65 metros que se exige a los hombres.
La razón es que mientras que el 25 % de las mujeres miden menos de ese 1,60, tan solo el 3 % de los hombres no supera el 1,65 que se les exige para realizar las pruebas de ingreso en la Policía Nacional.

Discriminación indirecta

El Supremo señala que la discriminación indirecta que se produciría al fijar las mismas alturas para mujeres y hombres, que ya proclamó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en octubre de 2017, no se salva con el mero hecho de fijar estaturas mínimas diferentes si no se atiende, como ocurre en el caso, a las acreditadas diferencias de estatura media, según sexo, de la población española.
Con esta sentencia, el Tribunal estima el recurso de una mujer que fue excluida en 2017 del proceso selectivo de ingreso en la Escala Básica de la Policía Nacional al incumplir el requisito de la estatura mínima.
Los magistrados, que estiman el recurso, subrayan en primer término que atañe a la Administración demostrar la existencia de razones objetivas y legítimas para una diferencia de trato que no sea discriminatoria. Ninguna justificación se ofrece en este caso, según el Supremo, en el preámbulo de la norma reglamentaria.
Sobre el posicionamiento del abogado del Estado de que los funcionarios de policía, con independencia de su sexo, deben poseer unas características que permitan valer para diferentes puestos en función de las necesidades, los magistrados responden que nada dice la Administración, sin embargo, «sobre la justificación de la diferente estatura mínima en relación con esa polivalencia y su influencia en el mantenimiento de la seguridad ciudadana».

Ese requisito de estatura mínima diferente es en sí mismo discriminatorio por restrictivo para el acceso de la mujerSentencia del Tribunal Supremo

Asimismo, el TS apunta que la alegada finalidad de la norma, de permitir la participación plena de ambos sexos en las funciones que son propias de dicho Cuerpo de Policía, «en nada se relaciona con ese requisito de estatura mínima diferente que es en sí mismo discriminatorio por restrictivo para el acceso de la mujer».

«Hay pruebas físicas y médicas»

También subraya la Sala de lo Contencioso-Administrativo que dentro del proceso selectivo hay pruebas físicas y médicas que garantizan por sí la idoneidad física y médica para el desarrollo de las funciones atribuidas a la Policía, y que, como señala la recurrente, dentro de la estructura del cuerpo policial existen muchas áreas funcionales que no necesitan ninguna condición física especial, «y mucho menos tener una estatura más o menos elevada».
Aún con todo, el pasado mes de febrero, el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, anunció que en adelante se suprimiría el requisito de altura mínima para entrar en la Policía Nacional. Esta medida posiblemente no entre en vigor hasta la convocatoria del próximo año 2023.
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