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23 de abril de 2024

David Marjaliza entra a declarar en la Audiencia Nacional por el caso Púnica

David Marjaliza entra a declarar en la Audiencia Nacional por el caso PúnicaEFE

Audiencia Nacional

El juez García-Castellón plantea de oficio la revisión de la malversación en cuatro piezas de 'Púnica'

El magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 6 ha pedido a la Fiscalía que se pronuncie sobre los efectos de la rebaja del Gobierno sobre uno de los delitos centrales de la macrocausa

La entrada en vigor de la reforma penal con la que el Gobierno rebajó, antes de final de año, el delito de malversación ha comenzado a causar estragos en algunas de las causas de corrupción política más importantes de nuestro país. Si hace un par de días, el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón preguntaba a la Fiscalía sobre la necesidad de adaptar el escrito de acusación provisional a los implicados en el caso Acuamed, sobre una presunta financiación irregular del PSOE, hoy ha acordado –nuevamente de oficio– dar traslado al representante del Ministerio Público en el caso Púnica del Partido Popular por si, a la vista de la modificación de la malversación, corresponde solicitar el sobreseimiento para alguno de los encausados o si, en su caso, debe procederse conforme a alguna de las posibilidades previstas en el artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Así las cosas, el magistrado también se ha dirigido al fiscal y a las acusaciones personadas en el caso del «cártel del fuego» para que se pronuncien sobre si se mantienen en sus calificaciones en dicho procedimiento o si consideran necesario adaptarlas de acuerdo a las modificaciones introducidas en la Ley Orgánica 14/2022 del pasado 22 de diciembre.

«Circunstancias excepcionales»

En un auto y cuatro providencias, que han sido notificadas este mismo jueves, el magistrado ha señalado que si bien ya se ha dictado para los cinco procedimientos afectados la apertura de juicio oral, en todos ellos «concurren circunstancias excepcionales que nos llevan a considerar la posibilidad de revisar la calificación» inicial sobre los tipos penales aplicables a los hechos a enjuiciar, tanto por parte del Ministerio Público como de las acusaciones admitidas en cada uno de ellos.
No en vano, tal y como ha explicado el magistrado, la entrada en vigor de la alteración normativa aprobada el pasado 23 de diciembre de 2002 por el Ejecutivo socialista, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado como la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea; reformó los denominados delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso y afectó a la reforma del artículo 432 del Código Penal, retocando además del contenido del mismo, «sus límites penológicos» a la baja.
«Dada la posibilidad de que la nueva regulación pudiera afectar al delito de malversación del que se acusa a los encartados, se acuerda dar traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal para que informe si, a la vista de las reformas introducidas por la LO 14/2022, de 22 de diciembre, mantiene la calificación», indica el auto referido a las cuatro piezas separadas de la Operación Púnica. En concreto, las número 4, 5, 8 y 10. Pero, también a la causa contra el denominado «cártel del fuego», la investigación por el amaño de contratos para la extinción de incendios.
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