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25 de abril de 2024

Imagen de Francisco Javier Almeida en el juicio acusado por matar al pequeño Alex

Imagen de Francisco Javier Almeida en el juicio acusado por matar al pequeño Alex

Tribunales

​Declaran culpable al pederasta de Lardero de la violación y el asesinato del pequeño Álex

El Tribunal jurado ha dictaminado que Francisco Javier Almeida, de 55 años, agredió sexualmente y mató a su víctima de 9 años

El jurado popular ha dictaminado, de manera unánime, que Francisco Javier Almeida es culpable de sendos delitos de asesinato y agresión sexual. El condenado mató y agredió sexualmente el 28 de octubre de 2021 al pequeño Álex, de 9 años, en el municipio de Lardero, en La Rioja. Además, el jurado ha visto probado que Álex no tuvo la posibilidad de defenderse durante los hechos, así como la extrema violencia con la que actuó el acusado.
Almeida, quien cumplirá 56 años en abril, ha pasado media vida en la cárcel. En 1993 fue condenado a 7 años de prisión por una agresión sexual a una niña. En 1998 asesinó a una agente inmobiliaria a quien antes había agredido sexualmente, por lo que fue juzgado también con un tribunal popular y recibió una pena de 30 años de cárcel.
En abril de 2020 salió de la cárcel en libertad condicional y se instaló en Lardero, un municipio del área metropolitana de Logroño, en un piso de alquiler situado a escasos metros de un colegio y un parque infantil.

El veredicto

Pasadas las 19.15 horas de la tarde de este jueves se ha dado lectura al objeto del veredicto en la Audiencia Provincial por parte del jurado que, desde el 20 de marzo, y durante siete sesiones, ha seguido el juicio contra Almeida. El acusado, en su último turno de palabra aseguró ante el juez que se arrepentía «de verdad» y se excusó en que le sobrevino una «fantasía».
El acusado de matar a un niño en Lardero ha declarado por primera vez

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Los nueve miembros del jurado llevaban desde el miércoles a mediodía aislado para deliberar y responder a las preguntas emitidas.
El portavoz ha dado lectura el criterio del jurado que, además, incluye que no procede suspensión de la condena y no se incluya en la sentencia la posibilidad de que el acusado sea indultado.
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