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30 de abril de 2024

Colas ante el consulado español en Buenos Aires para beneficiarse de la 'ley de nietos'

Colas ante el consulado español en Buenos Aires para beneficiarse de la 'ley de nietos'EFE

Prórroga de un año

El Gobierno amplía a tres años las nacionalizaciones por la Ley de Memoria ante la avalancha de peticiones

Más de 250.000 descendientes de españoles han solicitado la nacionalidad por esta vía extraordinaria, pero aún no se han resuelto ni la mitad de los expedientes. Y siguen llegando

El Gobierno ha decidido ampliar un año más el plazo para que los descendientes de los españoles que emigraron durante la guerra civil y el franquismo soliciten la nacionalidad en virtud de la Ley de Memoria Democrática. De manera que, finalmente, la llamada 'ley de nietos española' estará en vigor hasta octubre de 2025: tres años en vez de dos, que era la previsión inicial. El Ejecutivo ha adoptado esta decisión para poder dar trámite al aluvión de peticiones registradas en los consulados de España en toda Hispanoamérica, que continúa.
El proceso extraordinario entró en vigor a la vez que la Ley de Memoria Democrática, en octubre de 2022, en virtud de la disposición adicional octava de la norma. En sus 15 primeros meses, un total de 250.370 extranjeros pidieron la nacionalidad española, según los datos que publicó El Debate el pasado sábado, facilitados por el Portal de la Transparencia (hasta el 31 de enero).
De ellos, ya la han conseguido 120.704, el 48,21 %. Ello no significa que el resto de las solicitudes, 129.666, hayan sido rechazadas, sino que están en tramitación. De ahí que el Ejecutivo haya resuelto darse y dar a los solicitantes más margen, puesto que esa posibilidad ya la contemplaba la ley: «En todos los supuestos, esta declaración deberá formalizarse en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley. Al terminar este plazo, el Consejo de Ministros podrá acordar su prórroga por un año», estipula la norma. Y así será.

La segunda parte

Como ha venido contando este periódico desde la entrada en vigor de la ley, este proceso de nacionalizaciones es continuación del que ya se produjo con motivo de la Ley de Memoria Histórica de José Luis Rodríguez Zapatero en 2007. También entonces, el plazo inicial fue de dos años y el Gobierno acabó prorrogándolo a un tercero. Gracias a aquel primer proceso obtuvieron la nacionalidad española casi 380.000 extranjeros.
En teoría, la 'ley de nietos' pretende abrir las puertas de la nacionalidad española a los descendientes de exiliados que quedaron fuera de las nacionalizaciones anteriores. Pero no solo a los hijos, sino también a los nietos. Lo que, a su vez, abre el camino a los bisnietos y tataranietos (porque serán los hijos y nietos de los solicitantes), generando un efecto multiplicador. Además, esta vez sin límite de edad: en el anterior proceso estaban solo afectados los hijos menores de edad no emancipados.
Cuando la ley entró en vigor, en octubre de 2022, se formaron tales colas en las oficinas españolas del Registro Civil Consular –sobre todo en los de Argentina, Venezuela, México y Cuba– que el Ministerio de Asuntos Exteriores tuvo que reforzar sus 47 consulados. En los más afectadas contrató personal y habilitó un sistema de cita previa exclusivamente para los trámites relacionados con la Ley de Memoria Democrática.
Anualmente, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia recibe de media 125.000 solicitudes de nacionalidad acogiéndose al supuesto de residencia (por haber residido en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición). En 15 meses, las solicitudes por la ‘ley de nietos’ han sido el doble, esos 250.370 peticionarios.

La mayoría de los solicitantes no buscan reparación ni memoria, sino las ventajas de tener la nacionalidad española

Decenas de miles de descendientes de españoles han iniciado los trámites atraídos no tanto por una cuestión sentimental, ni por memoria y reparación, sino por una razón práctica: ser ciudadano español supone también serlo de la Unión Europea. Además, una vez adquirida la nacionalidad pueden trasladarse a España e iniciar los trámites para el reagrupamiento familiar.
Precisamente esta semana, el Ejecutivo ha accionado nuevamente el botón del franquismo, en respuesta a las leyes de concordia anunciadas por los gobiernos de Castilla y León y la Comunidad Valenciana y a la ley que deroga la Ley de Memoria Democrática de Aragón (la única de las tres que está aprobada y en vigor).
El martes, el Consejo de Ministros aprobó iniciar los trámites que pueden desembocar en la presentación de un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la ley aragonesa, si antes no hay acuerdo con el Ejecutivo de dicha comunidad. El jueves, Sánchez visitó por sorpresa el laboratorio forense y las criptas del Valle de los Caídos, para lo que se hizo acompañar de dos fotógrafos y una cámara de la Moncloa. También ese día, El Debate informó de que el Gobierno se ha dado dos años de plazo para expulsar a los monjes benedictinos de la abadía de la Santa Cruz. Si no es por las buenas, por las malas.
En el próximo bienio, la coalición tiene previsto aprobar cuatro reales decretos de desarrollo de la Ley de Memoria Democrática: uno para reformar la organización, funcionamiento y régimen patrimonial del Valle de los Caídos, desalojando previamente a los monjes. Otro para crear el Consejo de la Memoria Democrática y el Registro Estatal de Entidades de Memoria Democrática. Un tercero de restitución o compensación a los partidos políticos de bienes y derechos incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades políticas del periodo 1936-1939. Y el cuarto será el que dé forma al Centro de Memoria Democrática.

Los supuestos de la 'ley de nietos'

La disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática contempla tres supuestos para obtener la nacionalidad española:
  • Los nacidos fuera de España que tengan padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles, pero que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española por haber «sufrido exilio».
  • Los hijos nacidos fuera de España de madres que perdieron su nacionalidad española por haberse casado con un extranjero antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • Los hijos mayores de edad de aquellos que obtuvieron la nacionalidad española acogiéndose a la anterior Ley de Memoria Histórica de 2007.
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