Fundado en 1910

02 de mayo de 2024

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y, detrás, el presidente del TC Cándido Conde-Pumpido

El ministro de Justicia, Félix Bolaños, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y el presidente del TC Cándido Conde-PumpidoPaula Andrade

Tribunales

Supremo y Audiencia Nacional rechazan dos querellas de Abogados Cristianos contra el Gobierno por la amnistía

Tanto la Sala Segunda del Alto Tribunal como la juez María Tardón han inadmitido las acciones legales contra el Ejecutivo socialista y el presidente del Constitucional planteadas por la entidad

La Sala Segunda de lo Penal del Supremo ha acordado, este mismo viernes, la inadmisión a trámite de la querella presentada por la Fundación Española de Abogados Cristianos contra Cándido Conde-Pumpido, presidente del Tribunal Constitucional, por un presunto delito de cohecho impropio en relación con la presunta colaboración de éste con el Gobierno en la redacción del texto de la Ley de Amnistía.
El Alto Tribunal ha considerado, de acuerdo con el criterio del Ministerio Fiscal, que los hechos recogidos en la acción instada por la entidad asociativa «no revisten los caracteres del citado delito, ni de cualquier otro,» y que los querellantes, además, no han acreditado de forma mínima algún indicio de comisión de un tipo criminal previsto en nuestro ordenamiento, que pudiera hacer procedente la incoación de un proceso penal. Y, por ello, han ordenado el archivo automático de la querella.
Éste ha sido el mismo argumento empleado por la juez María Tardón, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional (AN) para descartar cualquier trámite relacionado con la misma querella presentada el pasado mes de marzo, también por Abogados Cristianos, contra el PSOE, su portavoz en el Congreso de los Diputados, Patxi López; Junts y ERC, por la ley de la amnistía.
En el auto de la magistrada, al que ha tenido acceso El Debate, Tardón entiende que no es competente para investigar los hechos al tratarse de personas aforadas y recuerda que el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado por querellas similares y han sido inadmitidas porque los hechos que las sustentan no son constitutivos de delito, como ha sucedido, en efecto, en el caso de Conde-Pumpido.
La magistrada ha recordado que, en el presente caso, el delito imputado y que motiva la presentación de la querella ante la Audiencia Nacional es la firma conjunta de un documento: «Eel acuerdo de 9 de noviembre de 2023 en Bruselas, por un aforado -el dirigente socialista Santos Cerdán- y un no aforado -Jordi Turull- por lo que es imposible escindir la causa, pues se trata de un único hecho en el que han participado las dos personas».
«La tramitación de dos procedimientos distintos podría dar lugar a soluciones contradictorias y supondría un coste innecesario para la Administración de Justicia (las diligencias deberían acordarse por duplicado) y, sobre todo, para los justiciables (los investigados y los testigos deberían declarar en los dos procedimientos)», justifica la jueza en su auto.
Y explica cómo «la decisión que se adopte respecto a la falta de competencia del Juzgado para conocer del procedimiento por la existencia de dos aforados debe hacerse extensiva al no aforado». «Los hechos aquí son claros y precisos, por lo que resulta también evidente, con la misma claridad, que la competencia para decidir sobre las conductas objeto de la querella no corresponden a este órgano judicial, sino a la Sala Segunda del Tribunal Supremo», indica.
En esta línea, incide en que «no procede iniciar una investigación contra un aforado cuando en la querella ya se han delimitado los hechos, se ha especificado la participación en los mismos de los querellados y se indican las diligencias a practicar respecto a tales personas, y tales personas son aforadas».

Tirón de orejas a Abogados Cristianos

La asociación, en el momento de la presentación de la querella, enmarcó la ley de amnistía como una medida del Gobierno para el «asalto» que está realizando «a la independencia judicial».
En declaraciones a los medios, el letrado de la fundación, José María Fernández Abril, explicó que Abogados Cristianos creía importante aportar su «granito de arena para ayudar a la unidad de España» y contribuir al «bien común».
«En este sentido vamos a interponer una querella por un delito del 508 del Código Penal, un delito que protege la independencia judicial de la usurpación por parte de los poderes públicos de las competencias jurisdiccionales y de forma alternativa, vamos a interponer también querella por un delito de tráfico de influencias», explicaba en su momento el abogado.
Así las cosas, el letrado señaló que las personas contra las que dirigen la querella «son los partidos políticos que firmaron los acuerdos que llevaron a efecto la Ley de Amnistía». «Y había que elegir a una figura, a una autoridad pública que fuera la que en un momento determinado consumara el tipo. Hemos pensado en Patxi López porque fue el portavoz del Partido Socialista que llevó a la mesa del Congreso la propuesta de ley», detalló.
Cabe destacar que Abogados Cristianos interpuso la querella ante la Audiencia Nacional al considerar que los delitos se habrían cometido presuntamente en Bruselas (Bélgica), siendo este tribunal el competente para conocer de los delitos perpetrados en el extranjero por españoles.
Comentarios
tracking