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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz

Tribunales

El Supremo reprocha a la Fiscalía que actúe como 'defensora' de su jefe, García Ortiz, para evitarle el juicio

El juez Hurtado ha rechazado el último intento «infundado» de suspender la causa contra el fiscal general, quien habría estado abusando de su «posición institucional» para revocar el procesamiento

La teniente fiscal del Supremo y número dos de la Fiscalía, Ángeles Sánchez Conde, encargada de la causa de su jefe, Álvaro García Ortiz, acusado de un delito de revelación de secretos, se descolgaba, este lunes, con una petición de nuevas diligencias –y, por lo tanto, de suspensión del contador en marcha hacia el juicio– por la que ha recibido un 'rapapolvo' del instructor, Ángel Hurtado.

El juez rechazaba la solicitud asegurando que la misma no era «indispensable» y, con independencia de que, además, quien la había instado estuviese «contribuyendo de manera declarada a la defensa» del investigado. Un investigado que ostenta, todavía, la condición de máximo titular de la Institución que busca su impunidad y en la que es superior jerárquico directo de la misma teniente fiscal que lo está defendiendo.

Una maniobra que el magistrado entendía que hubiese llevado a una de las acusaciones personadas en el proceso, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) a calificarla como «fraude de ley» y apuntase a la necesidad de multar, en términos personales, a la autora del mismo.

No en vano, Sánchez Conde solicitó al instructor que volviese a citar a dos de los periodistas que aseguran tener pruebas, en sus mensajes de Whatsapp, que demostrarían que la filtración de los datos personales del novio de Isabel Díaz Ayuso que dio origen a las pesquisas –posteriormente, recogidos en una nota de prensa oficial de la Fiscalía de Madrid– no fue obra de García Ortiz.

A pesar de los múltiples intentos de la teniente fiscal por insistir en este extremo, el magistrado Hurtado era claro: ni se da la «necesaria excepcionalidad» exigida por la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRim) «para acordar» estas nuevas actuaciones «en la fase procesal en la que nos encontramos», con los dos fiscales co-procesados, a las puertas de sentarse en el banquillo; ni aportan datos novedosos para la causa porque «abundan» en cuestiones que «ya han sido tenidas en cuenta», precisamente, para tomar la decisión de enjuiciarlos.

Además, el juez ha advertido de que «si con ellas se pretende defender la tesis de que por haber circulado con anterioridad a la filtración» institucional «del correo de 2 de febrero de 2024» –enviado por el abogado de la pareja de Díaz Ayuso, el empresario Alberto González Amador, al entonces fiscal asignado a su caso tributario, Julián Salto– informando de un «posible» pacto de «conformidad», «los hechos carecen de relevancia penal» para la Fiscalía, esto ya «ha sido razonadamente descartado» con anterioridad.

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