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Pedro Sánchez y Santos Cerdán

Pedro Sánchez y Santos Cerdán

Tribunal Supremo

El Supremo mantiene a Santos Cerdán en la cárcel: controlaba la actividad criminal y repartía «portentosas» sumas de dinero

El fiscal jefe anticorrupción, el juez instructor Leopoldo Puente y tres magistrados de la Sala de Apelaciones coinciden en que hay «indicios nutridos» que señalan al ex secretario del PSOE como cabecilla de la trama corrupta de 'mordidas' a cambio de obra pública

Un total de cuatro magistrados del Supremo –el instructor del 'caso PSOE', Leopoldo Puente y los miembros de la Sala de Apelaciones de lo Penal, Pablo Llarena, Antonio del Moral y Juan Ramón Berdugo– han avalado la petición formulada por el fiscal jefe anticorrupción, Alejandro Luzón, para que el ex secretario de organización de los socialistas Santos Cerdán, sucesor en el cargo del también imputado José Luis Ábalos, continúe en prisión provisional comunicada y sin fianza por la comisión de varios delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.

No en vano, el Alto Tribunal teme que estando en libertad el investigado pueda «perjudicar irremediable y gravemente la investigación» pactando con otros implicados, o incluso testigos, una estrategia común de «descargo» exculpatoria de lo ocurrido; «destruir documentos» que todavía estén bajo su poder; «crear otros » ficticios para justificar movimientos económicos irregulares; o maniobrar para desviar las «sumas de dinero defraudadas» a través de terceros, tanto «hombres de paja» como «sociedades» pantalla. Y, por ello, la Sala Segunda considera imprescindible y justificado que Cerdán continúe entre rejas.

Ni «investigación prospectiva», ni «causa general». Las diligencias practicadas hasta la fecha apuntan al ex diputado socialista, y hombre de confianza de Pedro Sánchez, como presunto autor de «actuaciones criminales repetidas» en el tiempo de las que habría tenido el dominio material de los hechos delictivos que se perpetraron a través de una trama diseñada para adjudicar contratos de obra pública a determinadas empresas, previo pago de 'mordidas'.

Unas «cantidades portentosas e injustificadas» que –de acuerdo con las grabaciones incautadas en el registro del domicilio de Koldo García Izaguirre, que están siendo analizadas por la UCO y que el Supremo ya ha confirmado que no fueron manipuladas, como también sugería la defensa de Santos Cerdán– fueron repartidas por éste «de manera furtiva» y siguiendo un criterio de «control» sobre el papel «de los distintos partícipes» del entramado.

A ojos de la Fiscalía Anticorrupción, y de los magistrados que han resuelto sobre la medida cautelar impuesta al ex número tres de Sánchez, hay «conversaciones extraordinariamente elocuentes» sobre la operativa pactada entre los integrantes de la red corrupta, que salpica a tanto Ferraz y como al Gobierno, una vez que José Luis Ábalos fue nombrado ministro de Transportes por el presidente del Gobierno.

De hecho, en esta última resolución de la Sala de Apelaciones de lo Penal que mantendrá a Santos Cerdán privado de libertad, se hace referencia a cómo tras la entrada de Ábalos en el Departamento que maneja mayor presupuesto de todo el Ejecutivo, se sucedieron una serie de «adjudicaciones de obra pública que fueron otorgadas» a través de la Dirección General de Carreteras en manos del también imputado Javier Herrero y de la entidad Administradora de Estructuras Ferroviarias (ADIF), presidida por la hoy investigada Isabel Pardo de Vera. Cabe recordar que la Audiencia Nacional, donde se sigue la actuación contra ambos dado que no son aforados, decretaba la retirada del pasaporte y la prohibición expresa de que abandonen el territorio nacional.

Criterios de licitación «pervertidos»

El Supremo considera que Santos Cerdán, prevaliéndose de su posición, pudo influir de manera determinante en otros miembros del Gobierno, entre ellos el propio Ábalos y su asesor Koldo, así como en distintos altos cargos dependientes de Transportes, para amañar adjudicaciones que «beneficiaron a la empresa Acciona Construcción», cuando actuaba en Unión Temporal de Empresas (UTE) con otras mercantiles de menor envergadura, como Servinabar, de la que Cerdán era propietario al 45% junto con el empresario guipuzcoano Antxón Alonso.

Frente al resto de implicados, el ex secretario de organización del PSOE «ejercía un papel directivo» pactando los pagos irregulares, a través de unos «mecanismos ocultos» que todavía «se desconocen».

Era Santos Cerdán y no otro quien «impulsaba y hacia un seguimiento de la empresa concreta a la que debían adjudicarse» determinadas obras, de entre todas las que fueron finalmente favorecidas, previa alteración de «los criterios de valoración subjetiva» de los pliegos públicos que resultaron «pervertidos» en pro de las mercantiles que asumieron los sobornos.

«Sólo él parece conocer el destino que se dio al dinero, así como el camino que siguió hasta su entrega a los beneficiarios últimos, quiénes fueron estos o dónde podría haber quedado depositado el dinero que no haya sido repartido. Y sólo él conoce el rastro y los vestigios que su actividad puede haber dejado», razona el auto por el que el Supremo ha reforzado la prisión decretada por el magistrado Leopoldo Puente.

Así las cosas, a mayor responsabilidad mayor riesgo de que, frente a otros personajes involucrados en el escándalo, Santos Cerdán en libertad pueda provocar «erosiones que, en este estado inicial, serían particularmente lesivas para el esclarecimiento de lo realmente acontecido y los fines perseguidos por la Justicia».

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