Un empleado de correos poco antes de entregar el voto por correo a una mesa electoral
Elecciones Aragón 2026
Estos son los plazos para presentar el voto por correo para las elecciones de Aragón del ocho de febrero
Te contamos las fechas, los plazos y cómo pedir el voto por correo para las elecciones autonómicas que decidirán el futuro de la región
Los aragoneses están llamados a las urnas el próximo ocho de febrero. El presidente del Gobierno de Aragón, Jorge Azcón, anunció el pasado 15 de diciembre este adelanto electoral después de que no pudiese aprobar los Presupuestos de 2026 en la región. Los vecinos de Huesca, Zaragoza y Teruel acudirán a las urnas y podrán votar hasta a 14 candidaturas en estos comicios. Y, como siempre, una de las opciones que tienen los aragoneses para ejercer su derecho es el voto por correo.
El plazo para solicitar el voto por correo en las elecciones autonómicas de Aragón se abrió el pasado 16 de diciembre y se extenderá hasta el próximo 29 de enero, diez días antes de que la cita electoral. El que elija esta vía podrá descargar la solicitud a través de la web de Correos, pero para ello tendrá que contar con certificado electrónico, DNI electrónico o Autofirma. También es posible solicitar el voto por correo de forma presencia en la oficina más cercana.
¿Cómo se solicita el voto por correo?
En caso de que se acuda a pedir el voto por correo de forma presencia a cualquier oficina, será obligatorio presentar el DNI original. También es posible cumplimentar la solicitud a través de esta página web, sin necesidad de tener el acceso a Cl@ve, e imprimiendo las dos copias necesarias para presentarlas en la oficina.
A esto hay que sumar que los residentes aragoneses que residan en España y los incluidos en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) que se encuentren de forma temporal en el territorio nacional podrán solicitar el voto por correo con certificado electrónico, sin tener que acudir a una oficina de correo desde la siguiente web. Solo podrá solicitarlo otra persona en caso de que se cuente con un certificado médico por enfermedad o con discapacidad. En este caso, se debe contar con una autorización mediante un documento notarial o consular extendido individualmente.
¿Hasta cuándo se puede mandar el voto por correo?
Aquellos que hayan optado por el voto por correo deberán introducir su papeleta en el sobre de votación, asegurándose posteriormente de que esté bien cerrado. Dentro del sobre también se debe incluir el certificado dirigido a la mesa electoral correspondiendo. Este sobre habrá que llevarlo a la oficina de Correos más cercana para certificar el derecho al voto. El plazo para mandar el voto por correo termina el próximo 4 de febrero.
¿El que pida el voto por correo puede estar luego en una mesa electoral?
En caso de que solicite el voto por correo, también es posible ser designado miembro de una mesa electoral en el sorteo público que realizan los Ayuntamientos de cara a las elecciones del 8 de febrero. Lo que implica pedir el voto por correo es que el elector recibe en el domicilio que indique en la solicitud la documentación necesaria para efectuar su derecho al voto por correo por vía postal.
Permiso laboral para pedir y entregar el voto por correo
Como pasa en todas las elecciones, en las de Aragón también se podrá pedir un permiso laboral retribuido para solicitar y entregar el voto por correo. No obstante, es necesario que el horario laboral coincida en dos o más horas con el horario de apertura de las oficinas de Correos.