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El ex ministro de Transportes, José Luis Ábalos, sentado en el banquillo del Supremo por primera vezEuropa Press

Caso Mascarillas

Ábalos y Koldo fracasan en su intento por frenar el juicio de la primera causa a la que se enfrentan por corrupción

Ni la recusación de cinco magistrados, ni la solicitud de una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, por parte de la defensa de Koldo, conseguían frustrar la celebración de la vista previa

Apesar de los continuos intentos de las representaciones jurídicas de los dos principales acusados en el 'caso mascarillas' –el exministro José Luis Ábalos y su ex asesor Koldo García Izaguirre– para que se aplazase la celebración de la vista preliminar del juicio, previsto en el próximo mes de abril, el Tribunal de siete magistrados de la Sala Penal del Supremo continuaba adelante según lo previsto, pendiente de resolver sobre su competencia, en los próximos días, para enjuiciarles.

De nada servían los evidentes esfuerzos de la letrada de Koldo, Leticia de la Hoz, por solicitar todo tipo de pruebas peregrinas, como un «polígrafo» para su cliente; instar, desde el primer momento un careo con el principal comisionista de la trama, Víctor de Aldama, también sentado en el banquillo; poner en cuestión la imparcialidad del órgano, recusando nada menos que a cinco de los siete magistrados que lo componen; o, en último término, tratando de suspender el acto celebrado, este jueves, planteando una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al hilo de la competencia de la Audiencia Nacional, en detrimento del propio Supremo.

Ambas defensas, que unieron fuerzas en sus pretensiones, proponían consultar a la jurisdicción comunitaria para invalidar la doctrina consolidada por el Alto Tribunal, en relación a la materia, a través de un acuerdo unánime interno, no normativo, adoptado en el año 2014.

Desde entonces, el Pleno de la Sala Segunda de lo Penal opera apoyado en su propia instrucción: es el auto de apertura de juicio oral –dictado en este caso por el magistrado instructor Leopoldo Puente, el 11 de noviembre del pasado año– el que determina la nulidad de los efectos procesales por una renuncia sobrevenida del fuero.

Es decir, una vez que se ha producido el procesamiento y comunicado el enjuiciamiento, la pérdida de la condición de diputado, entre otras, que Ábalos materializó el pasado 28 de enero, no afectará sobre dónde tiene que celebrarse el juicio, tal y como defendió la Fiscalía, ayer.

No en vano, como recordaba Anticorrupción, en boca de Alejandro Luzón, el asunto ya fue estudiado contra la decisión del Tribunal de Justicia de la Comunidad Valenciana (TJCV) que, en el caso Fitur, remitió a la Audiencia Provincial de Valencia (APV) el enjuiciamiento del asunto, una vez que dos de las acusadas, diputadas regionales, renunciaron a sus actas, tras conocer el arranque de la vista oral.

La realidad es que las representaciones jurídicas eran conscientes de las pocas probabilidades que tenían de prosperar sus «descabelladas» peticiones, pero tras esa estrategia de choque, conjunta, subyacía un interés mayor: desactivar las acusaciones basadas en la colaboración prestada a la Justicia por su compañero de banquillo, el empresario Víctor de Aldama. Dos contra uno, convertido en enemigo común, con el objetivo de desacreditar la confesión auto incriminatoria del comisionista arrepentido que les arrastra hacia los 24 años de prisión para Ábalos y los 19 para su ex asesor, Koldo, acusados de integración en organización criminal, cohecho continuado, malversación de fondos públicos, tráfico de influencias, prevaricación, falsedad documental y uso de información privilegiada.