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(El hermano de Pedro Sánchez, David Sánchez, a su llegada a los juzgadosEuropa Press

Corrupción en el Gobierno

El Tribunal de Cuentas identificó en la Casa Árabe la creación de un puesto falso como el del hermano de Sánchez

Se trató de una plaza específica que, en realidad no existía, a la que se podía optar a través de un concurso sin publicidad y que fue eliminada el año pasado tras descubrirse el engaño

La juez extremeña que ha procesado a David Sánchez, quien tendrá que sentarse en el banquillo de los acusados antes del próximo verano, consideró «innecesario» el puesto que se le adjudicó al hermano del presidente del Gobierno en la Diputación de Badajoz. Una plaza que, de acuerdo con la magistrada, al hilo de la investigación penal, «todo parece indicar que se creó» para dárselo. Es decir, fue concebido a la medida del pequeño de los Sánchez y asignado ad hoc y por el que, durante 9 años, el músico cobró cerca de 340.000 euros .

Una fórmula que, sin embargo, lejos de ser única y anecdótica, además de altamente subjetiva, el Tribunal de Cuentas identificó en otro caso de la Casa Árabe. En esta segunda ocasión, orquestada a través de contratos menores, se exigían una serie de «requisitos específicos para algunos puestos» que no era «posible comprobar, tales como 'capacidad para trabajar en equipo' o 'versatilidad y capacidad de trabajo', lo que implica una subjetividad que solo podía ser valorada en la posterior entrevista, a la que, sin embargo, no podían acceder todos los candidatos si habían sido rechazados en la primera fase, por considerarse que no cumplían» con todos los criterios.

Así las cosas, el órgano fiscalizador, detectó cómo el 18 de marzo de 2022 consta en la Casa Árabe –el centro dirigido por la socialista Irene Lozano que la Comunidad de Madrid dejó tras descubrirse una gestión dudosa, trufada de corrupción–, una solicitud de autorización firmada por la Dirección, con objeto de crear un puesto de «Dirección de marketing, patrocinios y comunicación», con una retribución prevista de 61.126 euros mediante la eliminación de los puestos de «Ayudante de gerencia» y «Ayudante de comunicación y prensa». «No existe constancia de que dicha solicitud fuera autorizada», asegura el TC en el dictamen al que ha tenido acceso El Debate.

De tal manera, el 3 de mayo, del mismo año, e inició un expediente para un contrato menor de servicios de consultoría estratégica y mejora de la visibilidad del CCA indicando que no se dispone de los medios humanos necesarios y que «ni sería posible ni conveniente ampliar los medios de los que se dispone para cubrir la necesidad del contrato».

Un encargo que fue «adjudicado el 5 de mayo a un consultor sin que existiera la preceptiva solicitud de tres ofertas por un periodo de 3 meses a comenzar el 9 de mayo y un importe de 12.705 euros».

Durante la vigencia de dicho contrato, en contradicción con la contratación menor y «con la imposibilidad e inconveniencia de ampliar los medios humanos», en el mismo mes de mayo se convocó, para su cobertura por personal de las administraciones consorciadas, un puesto de Director de Estrategia, Campañas y Promoción, con un sueldo de 32.826 euros , aclarando en un acta de julio que «resultando desierto tras el periodo de prueba” el puesto de Ayudante de comunicación en diciembre de 2021; »se convocó, puesto de Director de Estrategia, con las mismas retribuciones que el convocado como Ayudante de Comunicación, pero modificando el contenido y requisitos del puesto, adaptándolo a las nuevas necesidades del servicio", sin que mediara ninguna solicitud de autorización para modificar el puesto.

La convocatoria «se declaró desierta el 1 de junio de 2022 al considerarse que el candidato solicitante no cumplía todos los requisitos» del mismo, ya que el sistema establecido en las convocatorias, hasta ese momento, era el de «determinación de requisitos y no de méritos baremados, debiendo señalar que el documento que justifica las valoraciones realizadas tiene fecha de 8 de julio de 2022, cuando ya se había procedido a convocar nuevamente la plaza, de manera libre para cualquier persona, una vez declarada desierta esta primera convocatoria», reza el análisis del Tribunal de Cuentas.

En tal sentido, la segunda convocatoria, realizada en junio, «contiene los mismos requisitos que la anterior y la valoración se realiza en un documento de 13 de julio donde se propone contratar al consultor que había sido objeto del contrato menor, antes señalado, firmándose el contrato el 15 de julio, si bien con efectos desde el 1 de agosto».

Y, llegados a este punto, el TC destaca cómo el contrato menor que le vinculaba al Centro de la Casa Árabe (CCA) «se solapaba con este contrato, ya que finalizaba el 9 de agosto».

Además, «existe un informe de propuesta de adjudicación de un contrato fechado el 28 de julio en que dicha persona firma como Director de estrategia, campañas y patrocinios, aunque no ocupaba aún dicho puesto», reza el detalle del órgano fiscalizador.

De tal manera que la dirección del CCA el 10 de mayo de 2022, en un escrito firmado el día anterior ,solicitó una autorización al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Función Pública, «para contratar por tiempo indefinido, entre personal funcionario o laboral con una relación preexistente de carácter fijo e indefinido en el sector público estatal en el que esté incluida la entidad», a un Adjunto a la Dirección para Estrategias, Patrocinios y Comunicación.

La justificación de dicha solicitud era idéntica a la que contiene el documento antes citado de 18 de marzo de 2022 en que se solicitaba autorización para un puesto de «Dirección de marketing, patrocinios y comunicación», si bien la denominación del puesto es distinta y la remuneración se fija, ahora, en 55.035 euros.

Con fecha 9 de junio el Ministerio autorizó la contratación, sin embargo, advierte el TC que «el citado puesto no fue convocado por el CCA para su cobertura por personal de las entidades consorciadas hasta el 28 de octubre de 2022». Al respecto, debe señalarse, como indicó el órgano de inspección «que resulta incongruente que, presentada dicha solicitud en mayo y autorizada en junio debido a la necesidad urgente e inaplazable, no se convocara el puesto de Adjunto recién autorizado, sino que se procediera a realizar la segunda convocatoria del puesto de Director de Estrategia, Campañas y Promoción, en esas mismas fechas». Una vacante que, tal y como indica el informe, se otorgó en julio y «carecía de autorización al tratarse de otro puesto al que se había cambiado la denominación y las funciones, y cuyas funciones eran idénticas a la de este puesto autorizado».

La convocatoria de 28 de octubre del puesto «Adjunto a la Dirección para Estrategias, Patrocinios y Comunicación» procedió, por primera vez en la Casa Árabe, a establecer como sistema de valoración del puesto «uno basado en unos méritos baremados en lugar de disponer unos requisitos sin puntuación, lo cual mejoraba el procedimiento», apunta el Tribunal de Cuentas.

Sin embargo, en este caso se establecieron, «junto a los méritos de titulación (valorados solo con 4 puntos), trece méritos de experiencia (26 puntos) que se exigían en el ámbito de entidades del sector público multiculturales en el ámbito de la Diplomacia Pública y que coincidían, exactamente, con las trece funciones que se habían establecido para el puesto de Director de Estrategia, Campañas y Promoción, convocado en mayo y junio, así como los mismos ocho conocimientos (8 puntos) de dicho puesto».

En relación con lo anterior, hay que reseñar que el puesto de Adjunto a la Dirección para Estrategias, Patrocinios y Comunicación es el único puesto convocado en el CCA en el que se ha exigido una experiencia «en el ámbito de entidades del sector público multiculturales en el ámbito de la Diplomacia Pública».

Una sola persona idónea para el puesto

Todo lo anterior, «restringía la concurrencia a trabajadores» en general y «excluía a los demás del sector público estatal, y, en la práctica», denuncia el Tribunal de Cuentas, dada la exigencia de experiencia en las funciones y conocimientos de «un puesto concreto», para la Casa Árabe, que «suponía que la única persona idónea para el mismo fuera la que ya ocupaba la plaza de Director de Estrategia, Campañas y Promoción, «que fue la efectivamente seleccionada».

No en vano, «la Dirección había acordado en septiembre que esta persona desempeñara las funciones del puesto aún no convocado abonándosele la diferencia de las retribuciones entre los dos puestos, lo que refuerza la incongruencia de que el puesto no se hubiera convocado hasta el 28 de octubre a pesar de que ya se habían determinado las funciones del mismo y se cubría de una manera anómala» en lugar de hacerse por los canales legalmente previstos para ellos, según dictaminó el TC.

«Al respecto», apunta el órgano, «procede indicar que dicha persona no habría podido presentarse al nuevo puesto si se hubiera convocado en junio cuando se autorizó debido a su necesidad urgente, pues no prestaba servicios con anterioridad en ninguna entidad pública, requisito indispensable para este segundo puesto».

Por último, debe indicarse que esta persona fue despedida en 2025 y, conforme indicó el Director General de la Casa Árabe, en la reunión del Consejo Rector del centro, celebrada en de junio de 2025, «se decidió amortizar el puesto para obtener el consiguiente ahorro».

Y es que, en noviembre de 2023, la Casa Árabe firmó un contrato menor de 18.029 euros, por un plazo de 11 meses (hasta octubre de 2024), con una «profesional experta en el análisis y consultoría de proyectos educativos», para realizar el análisis y evaluación del funcionamiento de la entidad y «proponer mejoras de la organización del mismo mediante la elaboración de determinados informes». Un contrato que se realizó «sin cumplir varios de los requisitos establecidos en la legislación, ya que no consta ningún informe justificativo de su necesidad ni se solicitaron ofertas a otros posibles contratistas».

«Del examen del curriculum vitae de la persona no se deduce ninguna experiencia en el análisis y consultoría de proyectos educativos, puesto que en junio de 2022 terminó el grado en relaciones internacionales y de octubre de 2022 a agosto de 2023 trabajó en un hotel en el extranjero», apostilla el informe fiscalizador.

«Conforme se analiza con más detalle con posterioridad, el 22 de junio de 2023», en Centro de la Casa Árabe solicitó la autorización de un proceso de estabilización de los puestos de trabajo de los profesores que impartían la enseñanza de la lengua árabe en el Consorcio, de manera que la Dirección General de Función Pública autorizó el 24 de enero de 2024 la contratación de doce puestos laborales con carácter indefinido.

Finalmente, se procedió a convocar «mediante resolución de 14 de junio de 2024 publicada en el BOE el 8 de julio, 10 puestos, de los cuales 9 correspondían a profesores y otro era un puesto de «Responsable de relaciones internacionales, desarrollo online y atención al alumnado», con una remuneración de 25.672 euros», revisa el documento consultado por este diario. En el mismo y «pese a lo manifestado en alegaciones», el Tribunal de Cuentas constató que «este último puesto no existía con anterioridad en la Casa Árabe, por lo que no podía ampararse en un proceso de reducción de la temporalidad, ni podía cumplirse tampoco el requisito establecido en la autorización del Ministerio de que la formalización de los contratos indefinidos tras el proceso de estabilización debería ir acompañada necesaria y simultáneamente de la finalización del mismo número de contratos de carácter temporal».