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El presidente del CIS, José Félix TezanosEFE

Tezanos pide al Constitucional que anule la multa que le impuso la Junta Electoral por ocultar una encuesta

El origen de esta multa tiene lugar en una de 2024, coincidiendo con el desarrollo de las campañas para las elecciones autonómicas catalanas y los comicios europeos

El presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), José Félix Tezanos, ha recurrido al Tribunal Constitucional la multa de 3.000 euros impuesta por la Junta Electoral Central (JEC). Hace unos meses, ya recurrió al Tribunal Supremo esta multa, pero desestimaron su petición.

El origen de esta multa tiene lugar en una encuesta difundida por el CIS en abril de 2024, coincidiendo con el desarrollo de las campañas para las elecciones autonómicas catalanas y los comicios europeos.

En ese entonces, tanto la Junta Electoral como el Alto Tribunal estimaron que el Centro de Investigaciones Sociológicas incurrió en una infracción al no informar a la JEC de la elaboración de la encuesta, privando así a los partidos políticos de su derecho a recibir el estudio con antelación. Esta omisión habría impedido el traslado previo de la encuesta a las formaciones concurrentes a los comicios.

El estudio en cuestión, calificado como una «encuesta flash» sobre el contexto político, tenía como objetivo captar la percepción ciudadana ante la carta publicada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la que reflexionaba sobre su continuidad en el cargo. Este comunicado se conoció apenas dos días después de que se abrieran diligencias de investigación sobre su esposa, Begoña Gómez.

En los últimos meses, Tezanos ya había anticipado su intención de acudir a instancias superiores si el Supremo desestimaba su recurso y manifestó que, «desde el máximo respeto a la ley y a los órganos jurisdiccionales», consideraba injusta la sanción impuesta y sostenía que esta no se ajustaba a lo estipulado por la normativa electoral vigente.

El recurso ante el Tribunal Constitucional pretende ahora dirimir si, efectivamente, el CIS actuó conforme a la legalidad o si, como mantienen la Junta Electoral y el Supremo, vulneró el principio de neutralidad exigido a los organismos públicos durante los procesos electorales.