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El director general de la Policía, Francisco Pardo Piqueras

La Justicia abre la vía para multar al director de la Policía por no ejecutar una sentencia firme

La resolución judicial contempla además la posibilidad de que los hechos pudieran tener consecuencias penales por un presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha acordado iniciar una pieza separada para estudiar la imposición de multas coercitivas personales al director general de la Policía, Francisco Pardo Piqueras, y a la jefa del Servicio de Retribuciones de la División de Personal, María Clarisa Blanco Calzada, por el incumplimiento de una sentencia firme dictada en julio de 2024. La resolución judicial advierte además de la posible existencia de responsabilidades penales por un presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial.

El procedimiento tiene su origen en una sentencia dictada el 1 de julio de 2024 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Asturias, que reconoció el derecho de un agente de la Policía Nacional a percibir la compensación económica correspondiente a las vacaciones devengadas y no disfrutadas durante una situación de incapacidad temporal que terminó con su pase a segunda actividad.

Según la providencia ahora dictada por el tribunal, pese a que la sentencia es firme y a los requerimientos realizados posteriormente para que fuera ejecutada, la Administración continúa sin cumplir lo ordenado. La ejecución forzosa de la resolución se acordó en mayo de 2025 y, de acuerdo con el tribunal, desde entonces se han producido nuevos requerimientos sin que la sentencia haya sido ejecutada íntegramente ni la Administración haya alegado una causa legal que justifique el incumplimiento.

Ante esta situación, la Sala ha acordado abrir una pieza separada para determinar la imposición de multas coercitivas personales a los responsables de la ejecución. El tribunal señala que estas sanciones económicas, en caso de ser acordadas, deberán ser satisfechas con cargo al patrimonio personal de los afectados y podrán reiterarse periódicamente hasta que se produzca el cumplimiento íntegro de la sentencia.

La resolución judicial contempla además la posibilidad de que los hechos pudieran tener consecuencias penales por un presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial, una advertencia que se produce después de más de dos años desde que se dictó el fallo que reconocía el derecho económico del agente.

El caso ha sido impulsado por los servicios jurídicos de Jupol, sindicato mayoritario de la Policía Nacional, que ha promovido las actuaciones necesarias para reclamar la ejecución de la sentencia favorable a su afiliado. La organización sindical considera especialmente grave que la Administración no haya dado cumplimiento al fallo pese a su carácter firme y después de los sucesivos requerimientos judiciales.