El exalcalde Pedro Llamas (PP), en una imagen de archivo
Almería
La compra de un palacio podría costarle seis años de cárcel a un exalcalde del PP de un pueblo de Almería
Pedro Llamas suscribió en 2009 un contrato privado de compraventa para la adquisición municipal de una parte del Palacio de Almanzora «sin cumplir con los trámites legalmente previstos»
La Fiscalía de Almería y el Ayuntamiento de Cantoria han solicitado penas de hasta seis años de prisión y diez años de inhabilitación para el exalcalde del municipio Pedro Llamas por la compra supuestamente irregular del inmueble conocido como Palacio de Almanzora. Por estos hechos, será juzgado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Almería como presunto autor de delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos.
Según el auto de apertura de juicio oral dictado por la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Huércal-Overa, al que ha tenido acceso Europa Press, se aprecian indicios suficientes contra el exregidor, lo que ha motivado la formulación de acusación tanto por parte del Ministerio Fiscal como del Ayuntamiento, personado como acusación particular a través del letrado Javier Salvador, del bufete Aránguez Abogados.
En su escrito de calificación provisional, la Fiscalía interesa una pena de cuatro años de prisión y ocho años de inhabilitación especial por el delito de malversación, así como nueve años de inhabilitación especial por el delito de prevaricación, además del reintegro de las cantidades abonadas con cargo a fondos municipales.
Por su parte, el Ayuntamiento eleva la petición hasta seis años de cárcel y diez años de inhabilitación, junto con la devolución de 40.400 euros más los intereses legales correspondientes.
Los hechos se remontan a diciembre de 2009, cuando Llamas (PP) supuestamente suscribió un contrato privado de compraventa con un particular para la adquisición por parte del Ayuntamiento de una parte del Palacio de Almanzora por un importe total de 360.000 euros, una operación que, según las acusaciones, se llevó a cabo «sin cumplir con los trámites legalmente previstos».
Las acusaciones sostienen que la decisión fue adoptada sin expediente de contratación, sin informes técnicos, jurídicos ni económicos preceptivos y sin dotación presupuestaria habilitante.
En ese contexto, entre los años 2011 y 2012, el Consistorio llegó a abonar un total de 40.400 euros mediante pagos fraccionados con cargo a fondos públicos. En concreto, los pagos se realizaron el 1 de marzo de 2011 por importe de 25.000 euros; el 14 de octubre de 2011 por 1.100 euros; el 15 de diciembre de 2011 por 3.300 euros; el 6 de febrero de 2012 por 2.200 euros; y el 16 de noviembre de 2012 por 8.800 euros.
Los informes incorporados a la causa reflejan que tanto la Secretaría como la Intervención municipal emitieron «constantes reparos» donde alertaban de la ilegalidad de los pagos y de la improcedencia de asumir intereses derivados del contrato privado, reparos que habrían sido rechazados mediante resoluciones de la Alcaldía.
Según la acusación, dichas resoluciones no fueron elevadas al Pleno municipal, pese a la obligación legal de hacerlo, lo que habría impedido «deliberadamente» el control por parte de los órganos colegiados del Ayuntamiento.
Para el Ministerio Fiscal, los hechos son constitutivos de un delito de prevaricación administrativa y otro de malversación de caudales públicos, mientras que la acusación particular subraya el perjuicio económico causado a las arcas municipales.
En el juicio se prevé la práctica de las pruebas propuestas por las partes, entre ellas el interrogatorio del acusado, la declaración de testigos –incluidos el exsecretario municipal, el vendedor del inmueble y agentes de la Guardia Civil– y la ratificación de los informes policiales y documentales incorporados a la causa.