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Málaga

Un autónomo de Málaga se queda sin pensión por no haber cotizado dos de los últimos 15 años y deber 22.000 €

La Justicia andaluza (TSJA) confirma la sentencia al incumplir los requisitos legales y dejar pendiente una deuda cuantiosa, tras 30 años de trabajo

La ansiada jubilación se ha convertido en una quimera para un trabajador autónomo de Málaga. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la decisión del SEPE de denegarle la pensión. La razón: un cumulo de circunstancias que dejaban fuera de la ley su solicitud. En su caso, le costó caro dejar flecos sueltos al final de su vida laboral. Todo ello tras haber trabajado durante 30 años.

El muro legal de los requisitos

El trabajador no cumplía con dos pilares básicos. Por un lado, le faltaba el periodo de carencia específica: 730 días de cotización dentro de los 15 años previos a jubilarse, tal como exige la ley. Por otro, arrastraba una abultada deuda de 22.082,99 euros con la Seguridad Social. Aunque intentó recurrir la decisión, los tribunales han dado la razón a la administración.

Los magistrados, contundentes en su argumentación, subrayaron que para acceder a una pensión contributiva es indispensable «tener cubierto un período mínimo de cotización de quince años». Y, lo que resultó clave, al menos dos de esos años deben estar comprendidos en el tramo final anterior a la jubilación. Un requisito que, simple y llanamente, este autónomo no pudo acreditar.

El intento fallido de saldar la deuda

Ante el bloqueo, el hombre intentó ponerse al día. Solicitó un aplazamiento de pago a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para liquidar los más de 22.000 euros que debía. Sin embargo, su solicitud también fue denegada. La sentencia revela el porqué: se siguió un procedimiento de apremio contra él «sin apenas recaudar nada».

Esto llevó a la administración a entender que, desgraciadamente, «no tenía capacidad económica para hacer frente a tal aplazamiento». Este detalle pintó el cuadro completo ante los jueces: ni había cotizado lo suficiente en el periodo crítico, ni podía regularizar su situación económica con Hacienda.

Como último y desesperado recurso, el autónomo apeló a la llamada «doctrina del paréntesis». Esta jurisprudencia puede considerar como periodos neutros, que no perjudican, el tiempo sin cotizar por causas ajenas a la voluntad del trabajador. De haber prosperado, «se acreditarían 30 años de alta», según recoge la sentencia.

Pero su esperanza se truncó. El TSJA no admitió esta doctrina al no acreditarse «causas excepcionales que permitiesen su aplicación». La puerta se cerraba definitivamente. Su recurso fue desestimado, aunque la sentencia no es firme y aún podría llegar al Tribunal Supremo. Su caso es un aviso a navegantes para el resto de trabajadores autónomos. Solo la provincia de Málaga hay unos 142.000 cotizantes en este régimen, cifra que sigue creciendo en los últimos años con la buena marcha de la economía.

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