Las acusaciones, durante el segundo día del juicio de la trama eólica

Las acusaciones, durante el segundo día del juicio de la trama eólicaEuropa Press

El fiscal, sobre la actividad el cabecilla de la trama eólica: «Está delinquiendo todo el tiempo»

Tomás Herranzha rechazado la prescripción de los delitos y ha dado también plena validez al informe del inspector de la Agencia Estatal Tributaria Juan Tocino que dio origen al proceso

El fiscal anticorrupción en el caso de la 'trama eólica', Tomás Herranz, ha defendido la legalidad de la investigación iniciada en su día contra los trece encausados, entre ex altos cargos de la Junta y empresarios, a los que se imputan distintos delitos por concertarse en el periodo 2000-2015 para lucrarse con el proceso de autorización de parques eólicos en Castilla y León y, al tiempo, ha rechazado la prescripción de los delitos invocada por los presuntos implicados, en especial el exviceconsejero de Economía, Rafael Delgado, de quien asegura que mantuvo una actuación delictiva «de continuo».

Después de que este lunes las defensas de los encausados expusieran en jornada de mañana y tarde sus respectivas cuestiones previas durante el primer día del juicio, en el que, amén de invocar la nulidad de las actuaciones tras impugnar el informe del inspector de Hacienda Juan Tocino, de fecha 30 de diciembre de 2014, que fue el origen de la causa penal, reclamaron la prescripción de la totalidad de los delitos imputados, este martes las acusaciones, encabezadas por el Fiscal Anticorrupción, Tomás Herranz, han replicado para solicitar su desestimación o en su defecto reclamar «prudencia» al tribunal sentenciador al objeto de que no resuelva las mismas antes del inicio de la prueba testifical y, en cambio, espere a pronunciarse en ejecución de sentencia tras «la valoración de la prueba».

«La actividad de Rafael Delgado es de continuo...está delinquiendo todo el tiempo, desde el año 2004 hasta el último acto de blanqueo de capitales que se le imputa», ha espetado el acusador público, quien, en declaraciones recogidas por Europa Press, en una intervención muy técnica en la que ha rebatido las alegaciones de las defensas, ha rechazado la prescripción de los delitos y ha dado también plena validez a ese informe del inspector de la Agencia Estatal Tributaria, Juan Tocino, fechado el 30 de diciembre de 20214 que fue puesto en su día en manos de la Fiscalía, «sin que el mismo suponga vulneración alguna de un derecho fundamental», y que dio lugar a la presente causa penal.

En este sentido, el acusador ha matizado que el cuestionado informe contó con el preceptivo visto bueno de los servicios jurídicos de la Agencia Estatal Tributaria, «que entendió que los hechos investigados tenían que ser puestos en manos de la Fiscalía. El funcionario no se saltó la cadena, pero si hubiera presentado denuncia directamente, la misma tendría también plena validez», ha zanjado Tomás Herranz.

Arranca en la Audiencia Provincial de Valladolid el juicio de la 'Trama eólica' con las cuestiones previas

Arranca en la Audiencia Provincial de Valladolid el juicio de la 'Trama eólica' con las cuestiones previasR. Valtero

Con respecto al delito de cohecho, el acusador público ha particularizado el caso de Rafael Delgado para rechazar su prescripción, al tiempo que ha recordado que la presente causa que hoy se dirime en la Audiencia Provincial «presenta indicios de acuerdo entre Iberdrola y representantes de la Junta, y de ello se encargó el entonces viceconsejero de Economía siguiendo las indicaciones del entonces consejero del ramo, Tomás Villanueva, con participación del representante de la eléctrica Ricardo Bravo. Hubo un plan conjunto, un acuerdo de cohecho», ha anticipado ya el Fiscal Anticorrupción, quien ha insistido en que entre los hechos delictivos y las diligencias previas de incoación no han transcurrido los quince años estipulados para la prescripción de los delitos.

En este mismo sentido se ha pronunciado la abogada del Estado, en representación de la Agencia Estatal Tributaria –imputa a Rafael Delgado tres delitos contra la Hacienda Pública–, quien ha defendido la legalidad del contestado informe del referido inspector que derivó en la causa penal y al que ha definido como «una denuncia que se deriva de una obligación legal. No es un acto administrativo, es una denuncia que no presenta ese funcionario público sino que presenta la propia Agencia Estatal Tributaria», a través de una inspección que si bien pude contener algunas anomalías «tiene un contenido mínimo para la persecución de delitos. Esa denuncia ha resultado cierta, los hechos han sido acreditados en fase de instrucción y otro tanto ocurrirá en el presente juicio», ha augurado.

«Se descubrieron unos hechos que llamaron la atención tanto por la corriente monetaria detectada como por lo poco lógico de las relaciones comerciales entre las partes», ha desvelado la representante de la Abogacía del Estado.

La fase de previas la han cerrado acto seguido el resto de las acusaciones particulares para defender su legitimación activa para su personación en el procedimiento penal al haber resultado perjudicadas económicamente las empresas a las que representan como consecuencia de una «trama» que provocó la paralización de los parques eólicos que pretendían impulsar.

El juicio se retomará el próximo día 6 de octubre, fecha en la que dará comienzo ya la prueba testifical en la que está previsto que 'desfilen' por la sala de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid más de ochenta personas.

La supuesta 'trama eólica' tiene su origen cuando la Junta entendió que el sector de las energías renovables y particularmente el eólico era un sector que facilitaba la diversificación de actividades para las empresas de la Comunidad Autónoma, regulado y con un importante marco jurídico y retributivo estable, por lo que decidió favorecer una importante entrada de empresas castellanoleonesas en las promotoras de parques eólicos.

El plan

El plan consistía en exigir a los promotores cuyos parques poseían visos de obtener la autorización, bien por el avanzado estado de la tramitación de sus expedientes bien por hallarse en zonas donde no había competencia con otros proyectos, ceder o permitir la participación de empresas locales en el proyecto bajo la amenaza de no obtener la necesaria autorización, participación que debía ser próxima al 40 por ciento.

Hasta que no estaba garantizada la participación no se autorizaban los parques eólicos. Y para justificar esta paralización Rafael Delgado decidió crear una nueva fase en el procedimiento administrativo denominada competencia por evacuación que sólo superaban aquellos parques que incluían un socio local, y es a partir de ahí donde el auto detalla todo aquellos empresarios a los que Delgado benefició con la autorización de las tramitaciones.

El conjunto de las penas de cárcel que solicita el Fiscal Anticorrupción para los trece encausados se eleva a 123,5 años de cárcel y 850 millones de euros de multas. La mayor de las penas, 42 años y multa de 239 millones de euros, es para Rafael Delgado, como presunto cabecilla de la trama al dictado de las indicaciones del entonces consejero del ramo ya fallecido, Tomás Villanueva. Le siguen los empresarios Alberto Esgueva y Germán José Martín Giraldo, ambos con 12 años y 68 y 14,5 millones de multa, respectivamente; el abogado y presunto testaferro de Delgado, Jesús Rodríguez Recio, con diez años y medio y más de 25 millones de multa; y César Hernández, con siete años y 1.888.000 euros.

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas