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08 de mayo de 2024

La presidenta del Parlamento de cataluña, Laura Borràs

La presidenta del Parlamento de cataluña, Laura BorràsEuropa Press

La JEC da cinco días a Borràs para sustituir a Juvillà y avisa de «consecuencias jurídicas» si no cumple

ERC, Junts y la CUP defienden mantener la «soberanía del Parlament» ante la «intromisión de un órgano administrativo sin competencias»

La Junta Electoral Central (JEC) ha dado cinco días a la presidenta del Parlament, Laura Borràs, para que cumpla la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y retire el acta de diputado al cupero Pau Juvillà, que es secretario tercero de la mesa de la cámara catalana. Además, la JEC avisa de que Borràs incurrirá en «consecuencias jurídicas» si no lo hace.
Recordemos que Juvillà fue condenado el pasado mes de diciembre por el TSJC a seis meses de inhabilitación y a una multa de 1.080 euros por desobediencia, por negarse a retirar lazos amarillos en el Ayuntamiento de Lleida, en 2019, a pesar de la existencia de varias resoluciones judiciales que así lo exigían. 
Ciudadanos, Vox y el PP reclamaron, tras la sentencia, que se le retirara el acta de diputado a Juvillà y la JEC les dio la razón poniendo de ejemplo el precedente del expresidente de la Generalitat Quim Torra, también inhabilitado por desobedecer una sentencia del alto tribunal catalán al negarse a retirar una pancarta sobre los presos independentistas y lazos amarillos. Pero la mayoría independentista del Parlament decidió hacer caso omiso a la resolución de la Junta y recurrir al Tribunal Supremo para no ejecutar la retirada del escaño a Juvillà.
Ahora la JEC recuerda que la decisión «es firme en vía administrativa» y solo se puede recurrir ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS, que será la que decida sobre posibles medidas cautelares.
ERC, Junts per Catalunya y la CUP han emitido un comunicado conjunto en el que se «reafirman en el acuerdo aprobado en pleno, el pasado 17 de diciembre y reiteran la voluntad de mantener la soberanía del Parlament ante la intromisión de un órgano administrativo sin competencias para resolver sobre tal cuestión». 
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