Imagen tomada en un supermercado de Mercadona
Tribunales
Mercadona deberá pagar 60.000 euros a una exempleada acusada de comerse platos preparados
El tribunal sentencia que el despido fue improcedente porque no ve creíble el relato de las excompañeras de la mujer despedida
La empresa Mercadona deberá pagar 60.000 euros a una extrabajadora de Rubí (Barcelona) a la que despidieron el año pasado, acusada de haber comido dos veces platos preparados del supermercado donde trabajaba, al acabar el turno y una vez cerrado el local. Según ha avanzado Radio Rubí, los jueces han concluido que el despido fue improcedente.
Los hechos se remontan a abril de 2024, cuando la entonces empleada recibió una carta de despido procedente por falta muy grave, en la que le acusaban de haberse comido medio pollo asado y jamón por valor de 8,5 euros una noche, y croquetas de pollo, sushi, patatas y un trozo de bocadillo por valor de 17 euros al día siguiente.
Según la carta, su gestora y una de sus compañeras habrían presenciado los hechos, y adjuntaban fotografías de los restos en la papelera. Desde Mercadona también le enviaban una propuesta de acuerdo por la cual le pagarían 1.000 euros si aceptaba los hechos, pero la extrabajadora se negó a firmarlo y llevó el caso a la justicia, al juzgado de lo social número 1 de Terrassa (Barcelona)
El juicio concluyó en enero de este año: el magistrado consideró que el relato de las excompañeras de trabajo no era creíble, ni en su testimonio ni en las fotografías de los presuntos restos. La sentencia también señalaba que la mujer despedida y su entonces compañera habían tenido una discusión poco antes de los hechos, y que la gerente que le entregó la carta de despido no trabaja en Recursos Humanos.
El juez obligó a Mercadona a escoger entre readmitir a la trabajadora o indemnizarla con 60.000 euros. La cadena de supermercados optó por la segunda opción pero presentaron un recurso de suplicación a la sala social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que este noviembre han ratificado la sentencia del tribunal de Terrassa. La sentencia, no obstante, aún no es firme, ya que aún se puede recurrir al Tribunal Supremo.