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26 de abril de 2024

Fachada del Tribunal Supremo

Fachada del Tribunal SupremoEuropa Press

El Supremo anula el proyecto de dos escuelas catalanas por no incluir el español como lengua vehicular

El Alto Tribunal no acepta los recursos de casación de la Generalitat al no estar fundamentados «suficientemente»

l Tribunal Supremo ha confirmado la anulación del proyecto lingüístico de dos escuelas públicas de Barcelona y Abrera al no admitir a trámite los recursos de casación presentados por la Generalitat catalana ante las sentencias emitidas por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) en marzo de 2021.
El Alto Tribunal señala que en el escrito de la Generalitat «no se ha fundamentado suficientemente, con singular referencia al caso, que concurran alguno o algunos de los supuestos que permiten apreciar el interés casacional objetivo y la conveniencia de un pronunciamiento» del Supremo.
La Asamblea por una Escuela Bilingüe celebra en redes sociales la decisión y asegura que «el Supremo confirma que el castellano no puede ser excluido como lengua vehicular».
Dos sentencias del TSJC anularon en marzo de 2021 los proyectos lingüísticos de estas dos escuelas por no ser conforme a derecho «en la medida que no contempla el carácter vehicular del español como lengua oficial, junto con el catalán», y fijaron una presencia mínima del castellano en un 25% de las aulas.
En las sentencias, la Sección Quinta de la sala de lo contencioso administrativo del TSJC estimó parcialmente los recursos presentados contra la Generalitat y reconoció a los demandantes «el derecho de sus hijos menores a recibir, durante su enseñanza obligatoria, junto con sus condiscípulos, en el centro y en el curso que sigan sus estudios, una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular, en proporción razonable».
El TSJC desestimó en ambas sentencias la petición de las familias demandantes a declarar el derecho de ser escolarizado durante la enseñanza obligatoria en lengua española y catalana en proporción equivalente, una vez restadas las horas lectivas que se efectúan en lengua extranjera.
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