Imagen de archivo de una vista general del incendio que asoló un edificio del barrio valenciano de Campanar
Valencia La Justicia confirma el archivo provisional de la causa sobre el incendio de Campanar
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado este jueves el auto de archivo provisional de las diligencias previas abiertas para investigar el incendio de un edificio en el barrio valenciano de Campanar, ocurrido el 22 de febrero del pasado año, en el que murieron diez personas.
Los magistrados desestiman así los recursos de apelación presentados por familiares de las víctimas, afectados y asociaciones de propietarios y residentes al auto de archivo dictado el pasado 30 de mayo por el Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia, en el que sobreseía provisionalmente la investigación al concluir que el fuego fue accidental, sin un autor al que poder atribuir una infracción penal.
«Terribles consecuencias»
En su resolución, la Audiencia Provincial de Valencia refieren que «el deber de especial diligencia» que se exige a los órganos judiciales encargados de la investigación de los delitos, «especialmente al estar implicada en el caso la lesión del derecho a la vida de quienes lamentablemente fallecieron en el siniestro de autos, ha sido cumplido adecuadamente en el caso».
La Sala recoge que en la instrucción se han empleado «cuantas herramientas de investigación se han presentado como racionalmente posibles, necesarias, suficientes y adecuadas». «Es cierto que el incendio de autos, su peculiaridad, magnitud y terribles consecuencias en vidas humanas, representaron en aquel momento una notitia criminis» suficiente para iniciar una investigación penal», añade el Tribunal, «al haber concernidas vidas humanas y destrucción de un gran número de viviendas», añade el escrito.
«Pero después de todo lo instruido en esta causa, y el conocimiento ya alcanzado de lo que pasó y sus causas, continuar instruyendo sin un rumbo fundado», prosiguen los magistrados, «caería, en realidad, en una ilícita, a la par que estéril –visto lo ya actuado-, causa general».
El auto concluye que «no ha lugar a establecer formalmente imputaciones, acordar la transformación del procedimiento para entrar en fases preparatorias de juicio oral ni tampoco ha lugar a la práctica de las diligencias solicitadas».