Imagen del secretario de Estado Hugo Morán y del presidente de la CHJ, Miguel Polo

Imagen del secretario de Estado Hugo Morán y del presidente de la CHJ, Miguel PoloEP

La juez de la dana de Valencia cita como testigo al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar

La juez que instruye la gestión de la dana que provocó 228 muertos en la provincia de Valencia el 29 de octubre del año pasado ha citado a declarar en calidad de testigo al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo.

La comparecencia del máximo dirigente del organismo estatal, competente en materia de cauces de ríos y barrancos, está fijada para el próximo 19 de septiembre, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

También están citados a declarar, igualmente como testigos un oficial jefe del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia, el día 10 de septiembre, y un técnico forestal del propio Consorcio el día 3 de octubre.

De acuerdo con las mismas fuentes, la magistrada de la Plaza Número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de la localidad valenciana de Catarroja, que instruye la causa penal de la dana, también ha dictado un auto en el que vuelve a denegar la declaración como imputada de la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, en esta ocasión solicitada por el partido Valores que la había pedido tras el informe de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil.

La instructora señala en un auto que ese documento «no aporta ningún elemento nuevo que permita determinar la atribución de responsabilidad penal» a Bernabé.

En primer lugar, porque «había de haberse limitado a una cronología de los fallecimientos en relación con los desbordamientos en ríos, barrancos y presas, no podía efectuar ningún tipo de valoración sobre responsabilidad de los intervinientes en los hechos, negligencia o fallo de los sujetos intervinientes».

Al respecto, recuerda que en un auto del 29 de julio ya se expresó que esto era una valoración «netamente jurisdiccional que no podía trasladarse, y no se hizo en ningún momento a la Policía Judicial». Y en segundo lugar, porque «de lo que son datos objetivos no se puede inferir indicios de responsabilidad penal» respecto de Bernabé.

En esta línea, añade que la acusación particular que formula la petición, cuando se dio traslado de la existencia de indicios de responsabilidad penal en relación con los dos investigados -Salomé Pradas y Emilio Argüeso- hablaba de una situación de «fuerza mayor» que «impidió reaccionar con la eficacia deseable».

Por tanto, la magistrada considera que se trataría para esa acusación de una «figura novedosa» consistente en «un caso de fuerza mayor selectiva», que solo se aplicaría para los investigados pero no para la delegada.

«Un retorno procesal»

Así, apunta también que esta petición es «una suerte de retorno procesal» y recuerda las anteriores ocasiones en las que se ha desestimado citar como investigada a Bernabé, una decisión que ha avalado cada vez la Audiencia Provincial.

En esta línea, añade que, dejando de lado las argumentaciones de esta parte, «que no se comparten en absoluto respecto de la previsibilidad de la dana y como se desarrollaron los acontecimientos, o mejor, como no se desarrollaron en absoluto por quien tenía la competencia en la emergencia en el seno del Cecopi», la magistrada ve «evidente» que en la petición de esa acusación «nuevamente se obvia la atribución competencial en materia de protección civil» y lo ya resuelto por la Audiencia.

Hasta la fecha, los dos únicos cargos políticos investigados en la causa son la exconsellera de Emergencias de la Generalitat Valenciana Salomé Pradas y el que fuera su «numero dos» Emilio Argüeso.

La magistrada de la plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja, que instruye la causa penal de la dana, revela en otro auto que un abogado grabó «subrepticiamente» a su marido, que es también juez, y a su hija menor de edad, en la sala de vista tras unas declaraciones, cuando siguió utilizando el sistema webex con la cámara.

Así lo señala en un auto en el que rechaza la petición del letrado José María Bueno, que representa al ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, investigado en la causa, para citar a los guardias civiles que hicieron el informe sobre la cronología y análisis de desbordamientos en relación con las víctimas de la dana. A esta petición se sumaron dos acusaciones más --Vox y otra más--.

Además, el abogado había pedido a la Letrada de la Administración de Justicia certificar en cuántos interrogatorios de la causa ha participado el magistrado marido de la jueza, si es que lo ha hecho; si ha participado en la redacción de resoluciones o si hay «autorización» que le permita actuar en esta instancia, entre otras.

La jueza ha rechazado esta petición que considera como el «enésimo capítulo en una estrategia de defensa que, de forma burda, pretende apartar a esta juez del procedimiento» y ha decidido la apertura de una pieza separada «al objeto de determinar la procedencia de sanción por el contenido de dicho escrito y documental aportada con el mismo»: unas fotografías obtenidas ilícitamente.

Se da la circunstancia de que tanto Argüeso como la otra investigada, la exconsellera Salomé Pradas, han elevado al Consejo general del Poder Judicial (CGPJ) quejas por la actuación de la magistrada, y el órgano de gobierno de los jueces ha abierto unas diligencias informativas.

La magistrada apunta que, primero, se alegaron cuestiones de competencia territorial que se descartaron, y añade que, a través de quejas ante el CGPJ, denuncias y querellas «se repite y publicitan informaciones que no son sino parte de una campaña difamatoria y que destilan un machismo atroz», y añade que esos artículos «albergan, en el apartado destinado a comentarios, un discurso de odio que incluye insultos y amenazas hacia esta juez de instrucción y su marido».

La instructora, que subraya como fundamento del estado de derecho de la independencia e inamovilidad de los jueces y el juez ordinario predeterminado por la ley, considera que el abogado de Argüeso, con las peticiones de prueba que reclama, «viola frontalmente todos los principios más elementales de deontología profesional» y asegura que pretende convertir el procedimiento «en el lugar no donde se investiguen los homicidios y lesiones imprudentes, sino donde se me investigue a mí y por supuesto a mi marido». «Una deriva aberrante del procedimiento que se acepta sin complejos», agrega.

En esta línea, indica que la defensa de Pradas presentó tres quejas al CGPJ con similares acusaciones y pruebas e informaciones «insultantes» hacia ella y acusaciones de parcialidad, a pesar de que sus resoluciones han sido confirmadas por la Audiencia Provincial.

La magistrada subraya que el abogado de Argüeso «es conocedor que los fotogramas que están circulando jamás pueden corresponder a la grabación de la declaración, dado que ninguna es facilitada a las partes».

De hecho, explica que en una declaración se cerró el sistema Arconte, que registra las declaraciones judiciales ya que habían acabado, pero uno de los letrados que participó telemáticamente vía webex continuó utilizando el sistema con la cámara que permite ver la imagen del letrado apagada, «grabando subrepticiamente a todos los que entraban en la Sala, no solo a mí, a mi marido, sino incluso a mi propia hija, menor de edad, que también entró» ese día tras la práctica de la declaración.

«Ha de recalcarse esto especialmente: algún letrado del procedimiento grabó a mi hija menor de edad, lo que es absolutamente repugnante», recalca la jueza que señala que, por contra, ella sí que adoptó medidas en abril de 2025 para que no se obtuvieran ni difundieran ulteriormente imágenes de los investigados en las declaraciones.

Esa medida «ha sido correspondida por los letrados de la defensa aportando como supuesta prueba al CGPJ imágenes de mí y de mi marido. No existe ninguna imagen de los investigados durante las declaraciones, ni de ningún testigo o perito declarando. Se ha respetado su imagen», recalca y sostiene que el abogado de Argüeso, cuando una declaración no se ajusta a sus deseos, pide pruebas «que tienen como finalidad exclusivamente la descalificación personal» y, como ejemplo, cita la solicitud de examen forense del jefe de Climatología de la Aemet en la Comunitat Valenciana.

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