Imagen de archivo de Carlos Mazón y el presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo.El Debate

La jueza de la dana acepta que Feijóo declare como testigo por vía telemática, pero le pide el resto de la conversación con Mazón

La Ley de Enjuiciamiento Criminal permite que «los diputados y senadores» puedan declarar de forma virtual desde sus despachos, por lo que a la jueza de la dana no le ha quedado más alternativa que aceptar la testifical como testigo de Alberto Núñez Feijóo. El presidente del PP la pidió y así será el 9 de enero. Eso sí, Nuria Ruiz Tobarra le recuerda al líder 'popular' que dicha medida la adopta «sin perjuicio de la posibilidad que tiene el testigo de comparecer ante este Juzgado para declarar presencialmente en la fecha señalada».

La jueza de la dana ha emitido un nuevo auto con respecto a los mensajes aportados por Feijóo con Carlos Mazón aquel día de la dana de Valencia. En el documento, al que ha tenido acceso El Debate, la magistrada justifica los motivos por los que no tiene otra vía que aceptar la declaración vía telemática de Feijóo el próximo 9 de noviembre. No sin ello recordarle que puede acudir al Juzgado de Catarroja el «9 de enero de 2026, a las 9:30 h, sala de visitas nº 1».

En el documento también se da acuse de recibo del acta notarial remitida por Feijóo con respecto a los mensajes que recibió de Carlos Mazón desde las 20:08 horas del 29 de octubre. Al remitirse únicamente las comunicaciones del expresidente valenciano, la jueza ha aprobado la solicitud de Asociación de Víctimas Mortales de la DANA de pedirle a Feijóo que tiene «la posibilidad de aportar voluntariamente a esta causa los mensajes de WhatsApp que forman parte íntegra de la conversación». Es decir, la jueza pide todos los mensajes cruzados entre ambos dirigentes aquella tarde

La jueza aceptó a mediados de diciembre la petición efectuada por la Asociación de Víctimas Mortales Dana 29-0, que ejerce la acusación particular, de llamar a declarar a Feijóo como testigo y justificó su decisión en que podría «dar razón de los comentarios» que el entonces presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, pudo «haber hecho» el 29O «a raíz de las conversaciones» con la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, investigada en estas diligencias previas, «sobre la información que iba recibiendo».

Según recoge la resolución, la solicitud de declaración presencial se funda en el cumplimiento de lo acordado en la citación de Feijóo como testigo: en el principio de inmediación y en el de igualdad. La jueza explica que esa citación para declarar presencialmente atendía al cumplimiento del primer principio puesto en relación «con la relevancia y la gravedad de los hechos objeto de la instrucción».

Gravedad de los hechos

«La gravedad de lo sucedido es conocida: la pérdida de 230 vidas, los lesionados, así como un grandísimo número de familiares afectados por la pérdida, cuyos perjuicios morales han sido extremos, en un entorno completamente devastado», indica la magistrada, que subraya la existencia de «cómo un gran número de familiares vieron desaparecer a sus familiares ante sus ojos, se remitieron mensajes de despedida previos al fallecimiento, familias que han perdido a varios de sus miembros de forma repentina, incluso niños, y personas mayores totalmente desvalidas, existen daños psíquicos en sus familiares que se prolongan en el tiempo».

«Familias completamente truncadas que sufrieron un auténtico infierno aquel día y los días siguientes, y cuyo dolor no se ha mitigado. Todo ello en un entorno en el que la recuperación material dista mucho de haberse producido en su integridad», recalca la instructora.

La jueza añade que la gravedad «estrictamente penológica» también concurre en este caso puesto que el artículo 142 bis del Código Penal establece que los magistrados podrán imponer motivadamente la pena superior en un grado, en la extensión que estimen conveniente, «si el hecho revistiere notoria gravedad, en atención a la singular entidad y relevancia delriesgo creado y del deber normativo de cuidado infringido, y hubiere provocado la muerte de dos o más personas o la muerte de una y lesiones constitutivas de delito del artículo 152.1.2.o o 3.o en las demás, y en dos grados si el número de fallecidos fuere muy elevado».

Desplazamientos «más lejanos»

Con respecto al principio de igualdad, la magistrada subraya que «se han producido desplazamientos desde lugares más lejanos, y peor comunicados» y cita que la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, quien tiene «idéntico privilegio» que Feijóo, acudió presencialmente a declarar al juzgado.

Sin embargo, señala que «no puede sino acceder a la petición formulada de que se efectúe la declaración testifical desde su despacho oficial en el Congreso, a través de medios telemáticos, de conformidad con el referido precepto invocado por el testigo, en el que se ampara, vía webex, y a través del correo electrónico del Congreso facilitado en el escrito remitido».

Acta notarial

En el auto, la magistrada une a la causa los escritos de fecha de 23 y 24 de diciembre de 2025 presentados por correo electrónico por Feijóo así como el acta notarial con el escrito de 24 de diciembre de 2025, del que da traslado a las partes personadas y al fiscal.

La jueza también ha decidido comunicar al testigo la posibilidad de aportar «voluntariamente» a la causa, en el plazo de tres días, los mensajes de WhatsApp que forman parte «íntegra» de la conversación con Mazón y que le remitió el 29 de octubre, ya que se ha aportado únicamente los escritos por el expresidente.

La magistrada indica que el escrito de alegaciones tiene por objeto «contextualizar» los mensajes recibidos de Mazón por Feijóo, por lo que señala que un mensaje como «gracias, Presi», que se verificó a las 20:08 horas, o «luego te cuento» a las 20:0, o la referencia a que «estamos desbordados» a las 21:45, entre otros, «justifica efectivamente, que dichos WhatsApp, así como el resto de los aportados, pueda entenderse su significado en el marco de una conversación».

Por ello, y para que «de manera fehaciente pueda verificarse dicha contextualización, en su contenido y en el momento de respuesta o comunicación ulterior» de Mazón, traslada nuevamente a Feijóo «la posibilidad de aportar voluntariamente a esta causa los mensajes de WhatsApp que forman parte íntegra de la conversación», partiendo de «la absoluta voluntariedad en la aportación, así como de la manifestación expresada en el escrito presentado del deseo del testigo de colaboración con la instrucción».

La magistrada acuerda igualmente la transcripción del vídeo que se acordó recabar de Corporación de Radio y Televisión Española, en el auto del pasado 12 de diciembre de 2025, que fue grabado dos días después de la dana, y en el que el líder del PP dice: «Pero en este momento la primera palabra tiene que ser de pésame, de pésame a las víctimas y también de realismo y es que el Presidente de la Generalitat desde el pasado lunes me ha venido informando en tiempo real y me venía diciendo que la situación era muy compleja y desde el martes ya me estuvo informando igual que ayer que nos tememos que haya más personas fallecidas, pero eso ya corresponde a las autoridades correspondientes de acuerdo con la información contrastada y facilitándola a todos ustedes en las próximas horas y en los próximos días».