Una cajera de supermercado, en una imagen de archivo
La Justicia admite el «codo de tenista» como enfermedad profesional para las cajeras del súper
Las incapacidades derivadas de enfermedades profesionales conllevan mayores derechos económicos y prestaciones para los trabajadores
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha dado un paso relevante en el reconocimiento de enfermedades laborales al considerar la epicondilitis, conocida como ‘codo de tenista’, como una dolencia profesional en el caso de una trabajadora del sector de la distribución.
La sentencia estima el recurso presentado por una empleada de Vego Supermercados que desempeñaba funciones de cajera-reponedora en un establecimiento Eroski de Arteixo (La Coruña).
Una dolencia relacionada con el trabajo
La trabajadora solicitó la baja en marzo de 2022 debido a fuertes dolores en el brazo derecho. Sin embargo, los servicios médicos de Fraternidad Muprespa, mutua colaboradora de la Seguridad Social, rechazaron inicialmente que la contingencia tuviera origen profesional, derivando el caso como enfermedad común. Esta distinción no es menor, ya que las incapacidades derivadas de enfermedades profesionales conllevan mayores derechos económicos y prestaciones para los trabajadores.
Tras una primera resolución judicial desfavorable, la afectada decidió recurrir. Ahora, el alto tribunal gallego le ha dado la razón, al considerar probado que la dolencia está directamente relacionada con las condiciones de su puesto de trabajo. En su fallo, los magistrados recuerdan que las enfermedades profesionales son aquellas contraídas como consecuencia de la actividad laboral por cuenta ajena, y subrayan que la epicondilitis entra dentro de los riesgos propios de las tareas desempeñadas por la trabajadora.
La sentencia también pone el foco en un aspecto especialmente sensible: la posible discriminación indirecta por razón de sexo. Aunque un real decreto sobre enfermedades profesionales no incluye de forma específica a las cajeras-reponedoras, el tribunal advierte de que se trata de una profesión «notoriamente feminizada», lo que podría haber influido en la falta de reconocimiento de determinadas patologías asociadas a este empleo.
El sindicato CIG, que ha llevado la representación legal de la trabajadora, considera que esta resolución marca un precedente importante para el sector. Según explica en un comunicado, la epicondilitis es una dolencia frecuente entre las cajeras tras años de realizar movimientos repetitivos y forzados, muchas veces sin las medidas preventivas adecuadas por parte de las empresas.
Desde la organización sindical también denuncian la falta de sistemas de rotación y descansos en los puestos de caja, lo que incrementa el riesgo de desarrollar este tipo de lesiones. Asimismo, critican que las mutuas deriven habitualmente estos casos al sistema público de salud, evitando reconocer su origen laboral.
Por su parte, la trabajadora afectada, Noelia Gerpe, ha señalado el «abandono» por parte de las administraciones y ha destacado que este reconocimiento ha sido posible gracias a la lucha colectiva de las cajeras, que llevan años denunciando esta situación. No obstante, el fallo aún no es firme y puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.