Algunas infracciones graves se acompañan de retirada de carnet de conducir
Práctico
Situaciones en las que la DGT puede quitarte el carnet solo los fines de semana o en vacaciones
Aunque no sea muy conocido, algunos tribunales permiten a los infractores cumplir las retiradas de carnet los fines de semana o en vacaciones
Aunque cada vez son más habituales, las retiradas de carnet son un problema muy serio para los que las sufren, porque pueden suponer incluso la pérdida de un empleo o la ruina de una familia.
Habría que distinguir dos tipos de retiradas de carnet, la que se produce cuando nos quedamos sin saldo de puntos, en cuyo caso tenemos que dejar de ponernos al volante y la que es fruto de una infracción que nos obliga a pasar por un tribunal, situación en la que la sentencia puede incluir la retirada inmediata del carnet de conducir.
Adiós al carnet de conducir
Pese a que ni el Código Penal ni el Reglamento General de Circulación reconocen esta posibilidad, lo cierto es que hay tribunales que sí se la han concedido a los conductores que se han quedado sin carnet: se trata de la retirada fraccionada.
Algunos delitos como las alcoholemias nos obligan a pasar por los tribunales
En este caso tras la sentencia el conductor y su abogado deben solicitarlo formalmente ante el tribunal, presentando documentos que prueben que el protagonista es un profesional del volante y necesita el carnet para trabajar.
Profesionales del volante
Hablamos de transportistas, taxistas y en general cualquier profesional de este tipo que pueda justificar su situación con un contrato de trabajo. El tribunal podría valorar además otros elementos, como si esta retirada puede provocar también problemas económicos graves a todo el núcleo familiar en caso de tener que hacer frente a hipotecas o pagos similares.
Quedarse a cero de puntos es una de las formas de perder el carnet
La realidad es que a día de hoy esta retirada fraccionada se aplica los fines de semanas, festivos y en períodos vacacionales, pero depende un poco del tribunal en cuestión que valore su aplicación o no.
Por ejemplo existen precedentes que dicen que las Audiencias Provinciales de Toledo, Madrid, Zamora o Castellón sí que lo tienen en cuenta, mientras que otras no lo contemplan al menos que exista constancia de ello.