El voto de los católicos
No creo que exista ningún partido que asuma en su integridad los principios de la Doctrina social. En ese sentido, exigir esa asunción íntegra llevaría a la abstención
El cristianismo no contiene un derecho revelado. En su memorable discurso ante el Bundestag el 22 de septiembre de 2011 sobre los fundamentos del Estado liberal de derecho, Benedicto XVI afirmó que el cristianismo nunca ha impuesto al Estado y a la sociedad un derecho revelado derivado de una revelación. Y añade algo de gran trascendencia: «Para el desarrollo del derecho y para el desarrollo de la humanidad, ha sido decisivo que los teólogos cristianos hayan tomado posición contra el derecho religioso, requerido por la fe en la divinidad, y se hayan puesto de parte de la filosofía, reconociendo la razón y la naturaleza, en su mutua relación, como fuente jurídica válida para todos».
Los primeros escritores cristianos, siguiendo el Evangelio, distinguieron entre el poder espiritual y el poder temporal. No es fácil encontrar preceptos jurídicos en la predicación de Jesús de Nazaret, y sí lo es indicaciones sobre el amor y la misericordia. No significa esto que el derecho nada tenga que ver con la moralidad. El capítulo 8 del Evangelio de san Juan narra el episodio de la adúltera perdonada. Los escribas y fariseos llevan a Jesús a una mujer sorprendida en adulterio. La ley mosaica establecía la pena de lapidación. Y le preguntan a Jesús qué hacer con ella. Contesta que quien esté libre de culpa lance la primera piedra. Todos, avergonzados, se van. Jesús se queda solo con ella y le dice: «Tampoco yo te condeno. Vete, y en adelante, no peques más». No hay aquí ninguna disquisición jurídica y sí el reconocimiento del adulterio como pecado. Malas noticias para el relativismo moral. A Cristo no le importa el castigo legal, sino el perdón. Además, hay que obedecer a Dios antes que a los hombres, y, por lo tanto, la ley de Dios constituye para los cristianos un límite para el cumplimiento del derecho.
El cristianismo tiene, no obstante, implicaciones jurídicas y ha ejercido inmensa influencia en el derecho europeo. No parecen, por lo tanto, las mejores actitudes ni la que establece una separación tajante entre la religión y la política y considera que el cristiano no debe ocuparse de ella, ni tampoco el activismo militante que pretende convertir la moral cristiana, como un todo, en derecho. Tampoco está de más recordar la advertencia de san Agustín de que no es misión de los estados castigar todos los vicios, sino garantizar la paz y la justicia. Y, por cierto, también dijo que los estados sin la justicia no son sino bandas de ladrones, algo que nunca pierde actualidad.
No sé cuántos católicos hay en España, entendiendo el término en un sentido lato, pero creo que son más de los que muchos piensan. En cualquier caso, no parece sensato preguntarle al CIS de Tezanos. Es natural que los católicos voten en conciencia y de acuerdo con su fe, a sabiendas de que no hay un derecho católico. La cosa se vuelve un poco más compleja si al espíritu y letra del Evangelio se añade la Doctrina social de la Iglesia. Su contenido no es dogma de fe, pero parece muy razonable que pueda orientar a los católicos tanto en sus vidas como en el ejercicio del derecho al voto. No creo que exista ningún partido que asuma en su integridad los principios de la Doctrina social. En ese sentido, exigir esa asunción íntegra llevaría a la abstención. Más prudentemente cabría la opción por aquel partido que más se aproximara a ella o menos se alejara. También puede ser conveniente discernir entre lo esencial y lo secundario. El voto tampoco es un acto de adhesión moral incondicional a un programa de gobierno. Por otra parte, los programas no suelen cumplirse del todo y muchas veces ni siquiera se puede cuando se gobierna en coalición. Y siempre queda al fin el criterio de la opción política que más se aproxime al bien común. El César y Dios no se identifican. Gracias a Dios.