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Cartas al director

¿Indultar a los gobernantes?

La Constitución prohíbe que se conceda el indulto a un ministro (artículo 102.3). Me pregunto si esa prohibición es extensible a los «ministros» de las comunidades autónomas. A la Constitución no le importa el delito, le importa el cargo que ostentaba la persona que cometió el delito. Los gobernantes tienen muchos privilegios, pero también pesadas cargas. Una de ellas, soportar el delito, si lo cometen. ¿Y el ministro Barrionuevo?

José Luis Gardón

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