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TribunaMiguel Ángel Trillo-Figueroa

España debe impulsar una estrategia europea en Ceuta

La Comisión Europea ha ofrecido su apoyo y el Reglamento (UE) 2019/1896 lo regula con detalle. Corresponde ahora a España dar el siguiente paso: solicitar su activación e impulsar una estrategia europea permanente de prevención y respuesta

Los acontecimientos vividos en Ceuta durante los últimos días, con la entrada masiva de miles de personas desde Marruecos, constituyen uno de los episodios de mayor presión migratoria registrados en España.

Más allá del debate político sobre sus causas o soluciones, existe una cuestión previa: Ceuta y Melilla no son únicamente la frontera sur de España; constituyen también la frontera exterior de la Unión Europea.

Aunque ningún tratado de la Unión lo declare literalmente, tras la crisis migratoria de Ceuta de mayo de 2021, la Comisión Europea afirmó que «las fronteras de Ceuta y Melilla con Marruecos son también fronteras exteriores del espacio Schengen» y reconoció que el acervo Schengen se aplica plenamente a ambas ciudades, sin perjuicio de sus especialidades.

La consecuencia de ese reconocimiento resulta evidente. Cuando la frontera de Ceuta o Melilla soporta una entrada masiva e irregular de personas, no solo se comprometen la seguridad y la integridad territorial de España; también se pone a prueba la capacidad de la Unión Europea para proteger una de sus fronteras exteriores. En otras palabras, la defensa de Ceuta y Melilla no afecta solo a la soberanía española; compromete también la credibilidad de la política europea de fronteras.

Por ello, la respuesta no puede recaer exclusivamente sobre España. La protección de las fronteras exteriores constituye un interés común de la Unión y exige la implicación efectiva de sus instituciones y la utilización de los instrumentos previstos para garantizar la seguridad, la gestión ordenada de los flujos migratorios y la integridad del espacio Schengen.

Precisamente esa filosofía inspira el Reglamento (UE) 2019/1896, sobre la Guardia Europea de Fronteras y Costas (Frontex). Desde su artículo 1, dicho reglamento configura a Frontex como un instrumento para garantizar una gestión europea integrada de las fronteras exteriores. En consecuencia, no se concibe como un mecanismo subsidiario al que acudir únicamente cuando un Estado ha agotado todas sus capacidades, sino como el instrumento mediante el cual la Unión articula la solidaridad y la responsabilidad compartida en la protección de sus fronteras exteriores. No sustituye a los Estados miembros; los refuerza cuando afrontan desafíos que afectan al interés común europeo.

Esa lógica ha sido confirmada por la propia Comisión. El comisario europeo de Asuntos de Interior y Migración, Magnus Brunner, ha ofrecido al ministro del Interior español, Grande-Marlaska, incrementar el apoyo europeo a España, también mediante Frontex, con asistencia financiera, técnica y operativa para afrontar la situación en Ceuta. Bruselas ha recordado que proteger la integridad de las fronteras exteriores es una prioridad esencial de la Unión.

El ofrecimiento redefine los términos de la cuestión. Ya no se trata de determinar si Frontex puede intervenir en Ceuta –la Comisión ha puesto esa posibilidad sobre la mesa–, sino si el Gobierno de España está utilizando todos los instrumentos que el Derecho de la Unión pone a su disposición.

El Reglamento ofrece un abanico amplio. En su condición de Estado miembro, España puede solicitar operaciones conjuntas para reforzar el control fronterizo; activar intervenciones fronterizas rápidas ante una presión migratoria desproporcionada; requerir equipos de apoyo a la gestión de la migración frente a flujos mixtos de gran intensidad; y beneficiarse del despliegue del Cuerpo Permanente de la Guardia Europea de Fronteras y Costas, concebido para alcanzar hasta 10.000 efectivos operativos.

Los acontecimientos registrados en Ceuta en 2021, los graves sucesos ocurridos en Melilla en 2022 y la situación que aún afrontan las ciudades autónomas ponen de manifiesto que la presión migratoria ejercida sobre ambas no constituye un fenómeno meramente coyuntural ni una sucesión de episodios aislados, sino un riesgo de carácter estructural y recurrente. La experiencia reciente permite prever, además, que puedan reproducirse en el futuro situaciones de elevada intensidad que exijan una respuesta coordinada, preventiva y proporcionada por parte de España y de la Unión Europea.

El verdadero debate pendiente no es, por tanto, cómo responder a la próxima crisis migratoria, sino si existe voluntad política para construir, sobre la base del Reglamento (UE) 2019/1896, un marco europeo estable capaz de anticiparla y afrontarla. El Reglamento ofrece cobertura suficiente para que España promueva una presencia operativa estable de Frontex en Ceuta y Melilla mediante operaciones conjuntas reforzadas, complementadas, cuando resulte necesario, con el despliegue del Cuerpo Permanente u otros instrumentos previstos por la Agencia. Una estrategia de esta naturaleza no sustituiría la actuación del Estado; la reforzaría mediante una actuación preventiva, antes de que las crisis alcancen dimensiones extraordinarias.

La cuestión, en definitiva, ya no es si el Derecho de la Unión ofrece mecanismos suficientes para proteger Ceuta y Melilla. Esos instrumentos existen, la Comisión Europea ha ofrecido su apoyo y el Reglamento (UE) 2019/1896 los regula con detalle. Corresponde ahora a España dar el siguiente paso: solicitar su activación e impulsar una estrategia europea permanente de prevención y respuesta, capaz de anticiparse a las crisis en lugar de limitarse a reaccionar cuando ya se han producido. Una frontera europea exige una respuesta europea; y España debe dar el paso necesario para hacerla efectiva.

  • Miguel Ángel Trillo-Figueroa Ávila es abogado y ex asesor jurídico en el Congreso de los Diputados